Sentencia nº 50-P-2016 de Corte Plena, Corte Suprema de Justicia, 25 de Agosto de 2016
Fecha de Resolución | 25 de Agosto de 2016 |
Emisor | Corte Plena |
Número de Sentencia | 50-P-2016 |
Tipo de Proceso | PAREATIS |
Tipo de Juicio | Proceso de Divorcio |
50-P-2016.MS
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las diez horas dieciocho minutos del veinticinco de agosto de dos mil dieciséis.
Recibida la solicitud de auto de pareatis para ejecutar la sentencia de divorcio pronunciada por la Corte Suprema de California, Condado de los Ángeles, Estados Unidos de América, presentada el veinticinco de mayo de dos mil dieciséis, por la licenciada I.M.V.M., actuando en su calidad de apoderada de la señora [...], conocida según sentencia de folios 13, por [...].
Luego de analizado el expediente, se advierte que la licenciada I.M.V.M., ha presentado las traducciones de los documentos sin la correspondiente apostilla de conformidad con lo regulado en la Convención de la Haya de 1961; y, no especifica su pretensión, es decir, cuál es el propósito para ejecutar la sentencia en el País.
En consecuencia, con base en lo anteriormente expresado y de conformidad con lo que regulan los artículos 11, 182 atribución 4ª de la Constitución de la República de El Salvador, 144 inciso 2°, 556 al 558 del Código Procesal Civil y M., esta Corte
RESUELVE:
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TIÉNESE por parte a la licenciada I.M.V.M., como apoderada de la señora [...], conocida por [...], personería que comprueba mediante la fotocopia certificada del testimonio de escritura pública de poder general judicial con facultad especial presentado y agregado a folios 4, 5 y 6.
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PREVIÉNESE a la licenciada I.M.V.M., so pena de declarar inadmisible la solicitud para que, en un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de notificado este auto, presente las traducciones de los documentos debidamente apostillados o en su defecto diligencias notariales de traducción de conformidad con lo regulado en el artículo 24 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias; y, especifique su pretensión, es decir, manifieste cuál es el propósito para ejecutar la sentencia en el País.
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T. nota de la dirección y medio técnico señalados para recibir actos de comunicación. NOTIFÍQUESE.
F.M..--------E.S.B.R.---------O.B.F.------A.L.J..--------D. L. R.
GALINDO.---------L. R. MURCIA.------S. L. RIV. M..---------R.N.G..------DUEÑAS.-------J.M.B.S.-------PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.--------S.R.A..------SRIA.------RUBRICADAS.