Sentencia nº CB-28-01-06-16 de Cámara de Lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel, Cámaras de Apelaciones, 30 de Junio de 2016

Fecha de Resolución30 de Junio de 2016
EmisorCámara de Lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel
Número de SentenciaCB-28-01-06-16
Tipo de ResoluciónInterlocutoria
Tipo de JuicioProceso de Nulidad de Despido
Tribunal de OrigenJuzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios

CB-28-01-06-16.

CÁMARA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCION DE ORIENTE: S.M., a las diez horas y cincuenta minutos del día treinta de junio de dos mil dieciséis.-

1) Esta Revisión, se refiere al proceso de nulidad de despido, promovido por la Licenciada L.M.M.M., mayor de edad, abogada, de este domicilio, con documento único de identidad número [...], y tarjeta de abogado número [...], defensora pública laboral, delegada por la señora Procuradora General de la República, y en representación del trabajador señor J.A.S.S., de cuarenta y siete años de edad, jornalero, del domicilio de Ciudad Barrios, con documento único de identidad número [...], contra los MIEMBROS DEL CONCEJO MUNICIPAL DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, señores I.F.S.D.A., E.M.M.G., PAZ FRANCISCO CH., J.C.A.A., J.A.D.R., R.W.G.E. , J.A.M.P., J.J.G.R., y M.A.G.M., representados por el Alcalde Municipal, señor H.N.R.C., mayor de edad, ganadero, del domicilio de Ciudad Barrios, con documento único de identidad número [...], quienes han sido representados procesalmente por el Licenciado A.A.O.P., mayor de dad, abogado, del domicilio de Santa Tecla, departamento de La Libertad, con documento único de identidad número [...], y tarjeta de abogado número [...].-

2) La presente sentencia está siendo pronunciada por el Licenciado JOSE S.A.V., en calidad de M.P. de esta Cámara, y por el D.J.H.I.S.M., como segundo Magistrado de Cámara en funciones; auxiliados del Secretario de Cámara Licenciado JOSE ALFREDO P. CH.-

3) El expediente del proceso ha sido clasificado en el juzgado de origen como Exp.#25-JND-2016.Yp/Eda:11-Marzo-2016; y en esta Cámara bajo la referencia: CB#- 28/01-06-16.-4) El recurso de revisión ha sido interpuesto contra la Sentencia pronunciada por la señora JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD BARRIOS, departamento de San Miguel, a las nueve horas y veintitrés minutos del día dos de mayo de dos mil dieciséis, que consta de folios 75 al 79 de la pieza principal, en la que se DECLARO NULO EL DESPIDO, del trabajador J.A.S.S., del cargo de Albañil en el área operativa, de la Municipalidad de CIUDAD BARRIOS, se ordenó su restitución en el mismo o en otro de igual nivel y categoría y se condenó al pago de los salarios dejados de percibir.-

5) Según lo manifestado por la Licenciada L.M.M.M., en la demanda de folios uno de la pieza principal, el despido ocurrió de la siguiente forma: """"II. Mi representado laboró desde la fecha antes mencionada hasta el día TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a las doce del mediodía el S.R.A. FUENTES quien es JEFE DEL CAM DE LA ALCALDIA DE CIUDAD BARRIOS, por órdenes del S.H.N.R.C., quien es ALCALDE MUNICIPAL DE C.B., y quien tiene facultades para contratar, despedir, dirigir y administrar trabajadores, despidió a mi representado S.J.A.S.S., hecho que ocurrió en el lugar señalado para el emplazamiento; que el veinte y tres de diciembre de dos mil quince, le entregaron una nota en la cual le manifestaban que el Concejo Municipal, notificaba que a partir del día primero de enero del año dos mil dieciséis quedaba SUPRIMIDA la plaza laboral que estaba desempeñando.." Nota de SUPRESION que se anexa a la presente demanda."""

6) El Licenciado A.A.O.P., mediante escrito agregado a folios 8 y 9 de la pieza principal, contestó la demanda oponiéndose a la misma, y manifestando. """"Por lo tanto señor juez si la parte actora en su parte expositiva de su demanda ha reconocido que estamos ante una SUPRESION DE PLAZA LABORAL, y lo que correspondería sería una indemnización tal y como lo establece el Art. 53 In...

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