Sentencia nº L-25-030517 de Cámara de Lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel, Cámaras de Apelaciones, 9 de Mayo de 2017
Fecha de Resolución | 9 de Mayo de 2017 |
Emisor | Cámara de Lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel |
Número de Sentencia | L-25-030517 |
Sentido del Fallo | Sentencia confirmatoria |
Tipo de Resolución | Sentencia Definitiva |
Tipo de Juicio | Proceso Ordinario Individual de Trabajo |
Tribunal de Origen | Juzgado de lo Laboral de San Miguel |
CÁMARA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DE ORIENTE : S.M., a las diez horas y cincuenta y cinco minutos del día ocho de mayo de dos mil diecisiete.-
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IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES Y DEL PROCESO:
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Esta apelación ha sido interpuesta en el PROCESO ORDINARIO INDIVIDUAL DE TRABAJO , promovido por la Licenciada K.M.L.S. , mayor de edad, abogada, de este domicilio, portadora de su tarjeta de identificación de abogado numero dieciocho mil sesenta y ocho, y continuado por la Licenciada K.M.A.B. , mayor de edad, abogada, de este domicilio, portadora de su documento único de identidad número […] y tarjeta de identificación de abogada número […], en calidad de defensoras públicas laborales, delegadas en esta ciudad, por la señora Procuradora General de la República, y en representación de la trabajadora señora KATHERINE ANDREA
M. R. , de veinte años de edad, soltera, estudiante, salvadoreña, de este domicilio, con documento único de identidad número […], contra la sociedad “ MARKETING SUPORT, S.A. DE C.V. ”, del domicilio de San Salvador, representada legalmente según se expresa en la demanda por el señor MARIO M. , mayor de edad, del domicilio de San Salvador, reclamándole el pago de indemnización por despido injusto, vacaciones proporcionales, aguinaldo proporcional y salarios caídos.-
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El expediente ha sido clasificado en el Juzgado de lo Laboral de esta ciudad, de donde procede, con la referencia 138-2017 RN , y en esta Cámara como L#25-030517.-
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La presente resolución está siendo pronunciada por el Licenciado JOSE S.A.V. , en calidad de M.P. de esta Cámara, y por el D.J.H.I.S.M., como segundo Magistrado de Cámara en Funciones.-
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Resolución impugnada.- El recurso de apelación, ha sido interpuesto, del auto definitivo pronunciado a las 14 horas y 25 minutos del día 20 de marzo de 2017, que consta a folios 4 de la pieza principal, mediante la cual se declara inadmisible la demanda.
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SUSTANCIACIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN :
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El escrito por medio del cual la Licenciada KARLA MARÍA
presentado el día 27 de marzo 2017, admitido que fue el recurso se remitió el expediente a esta Cámara, en la que por auto de las 15 horas y 10 minutos del día 04 de mayo del corriente año, se ordenó que pasaran los autos a la oficina para que las partes usen de sus derechos.
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FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION:
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Presentada que fue la demanda, según consta a folios 3 frente de la pieza principal, el Juez de lo Laboral de esta...
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