Sentencia nº 76-CM-17 de Cámara Tercera de Lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 11 de Mayo de 2017

Fecha de Resolución11 de Mayo de 2017
EmisorCámara Tercera de Lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador
Número de Sentencia76-CM-17
Sentido del FalloDeclárase improcedente el recurso de apelación interpuesto.
Tipo de ResoluciónAutos definitivos
Tipo de JuicioProceso Declarativo Común de indemnización de daños y perjuicios
Tribunal de OrigenJuzgado de lo Civil de Mejicanos

76-CM-17

CÁMARA TERCERA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL CENTRO: San Salvador, a las ocho horas cincuenta minutos de once de mayo de dos mil diecisiete.

Por recibido el oficio N° 726 procedente del Juzgado de lo Civil de Mejicanos, junto con el proceso declarativo común de indemnización de daños y perjuicios, promovido por el señor J.D.M.Z., por medio de su apoderado licenciado J.R.G.R., contra el CONCEJO MUNICIPAL DE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE MEJICANOS y subsidiariamente contra el MUNICIPIO DE MEJICANOS , constando de 41 folios, venido en apelación del auto definitivo pronunciado a las diez horas veinte minutos de veinte de febrero de dos mil diecisiete, escrito de interposición del recurso, sobre el cual se hacen las siguientes consideraciones:

  1. ASPECTOS PREVIOS.

    1. La apelación es un recurso ordinario que de acuerdo al Art. 510 CPCM, tiene por finalidad la revisión de infracciones procesales y sustantivas contra resoluciones de primera instancia, a través de un procedimiento único con el que el tribunal competente (Cámara de Segunda Instancia) ejercita una potestad de jurisdicción similar a la desplegada por el órgano inferior. Es un remedio procesal encaminado a lograr que un órgano superior en grado, en relación al que dictó una resolución que se estima es injusta, la anule, revoque o reforme total o parcialmente.

    2. Dicho recurso encuentra su asidero legal en el Art. 508 CPCM, el cual a su letra REZA: “Serán recurribles en apelación las sentencias y los autos que, en primera instancia, pongan fin al proceso, así como las resoluciones que la ley señala expresamente.”

  2. EXAMEN DEL RECURSO INTERPUESTO.

    1. DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA.

      El recurrente señor J.D.M.Z., por medio de su apoderado licenciado J.R.G.R., interpone recurso de apelación contra el auto definitivo pronunciado a las diez horas veinte minutos de veinte de febrero de dos mil diecisiete, que declaró INADMISIBLE la demanda incoada en proceso declarativo común de indemnización de daños y perjuicios.

    2. CONSIDERACIONES DE ESTA CÁMARA.

      apelación de las sentencias, autos definitivos y de aquellas resoluciones que expresamente se establezca su impugnación a través del mencionado recurso.

      1. La resolución de la que apela el señor J.D.M.Z., por medio de su apoderado licenciado J.R.G.R., es la que declaró inadmisible la demanda del proceso declarativo común de indemnización de daños y perjuicios, por lo que, se trata de un auto definitivo que le puso fin al proceso; no obstante, el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR