Sentencia nº 18-A-2017 de Cámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 9 de Marzo de 2017

Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2017
EmisorCámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador
Número de Sentencia18-A-2017
Sentido del FalloSentencia confirmatoria
Tipo de ResoluciónSentencia Definitiva
Tipo de JuicioProceso de Pérdida de la Autoridad Parental
Tribunal de OrigenJuzgado de Familia, Soyapango

CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DEL CENTRO: SAN SALVADOR A LAS CATORCE HORAS Y TREINTA MINUTOS DEL DÍA NUEVE DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE.

Conocemos del recurso de apelación interpuesto por el Defensor Público de Familia, Licenciado E.A.R.S. , apoderado de la señora [...] de veintinueve años de edad, Estudiante, del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador, contra la sentencia definitiva pronunciada por la JUEZA DE FAMILIA DE SOYAPANGO , L.. P.E.M.N. , en el proceso de PÉRDIDA DE LA AUTORIDAD PARENTAL , del niño [...] de siete años de edad , marcado bajo la referencia número 05809-16-SOY-FMPF-OFM2 , contra el señor [...] de treinta y cinco años de edad, Empleado, del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador, representado por el Lic. J.A.P. , en calidad de Apoderado General Judicial con Cláusulas Especiales. Además, ha intervenido la Licenciada A.E. , Procuradora de Familia Adscrita al Juzgado remitente. Se admite el recurso por reunir los requisitos mínimos de ley.

VISTOS LOS AUTOS Y

CONSIDERANDO

:

  1. A fs. 45/50 corre agregada la sentencia dictada a las nueve horas treinta minutos del día veinticinco de noviembre de dos mil dieciséis, en la que en lo pertinente al recurso la Juez a quo resolvió: “ I) No ha lugar a decretar la pérdida de la autoridad parental solicitada, por la contradicción en que han incurrido las testigos en lo declarado y porque [...] no reside con la madre solicitante, sino con los abuelos paternos, no siendo este un proceso de cuidado personal, el cual se le podría conferir a la madre y ser ejercido materialmente por los abuelos maternos “(SIC.)

  2. Inconforme con dicho decisorio, el Licenciado EFRAÍN A.R.S. , en su libelo de apelación (fs. 54/56) alega en síntesis: Que al haber denegado la pérdida de autoridad parental la a quo, basada en que las testigos presentadas cayeron en contradicción en cuanto a que el niño vive junto a su abuela materna en la casa de ella en donde siempre ha vivido, y que su hermana vive en una casa de ella en la residencial […]; es un aspecto que fue mal interpretado por parte de la Juzgadora, ya que en ningún momento los testimonios se contradijeron y que por el contrario, ambas expresaron que su representada tiene una casa aparte en la Residencial […] y que algunas veces se queda en ella y que por lo general se queda donde

    vivían con ella, porque la mayor parte de la semana, es ahí donde está junto a su hijo y en ningún momento se ha contradicho sobre la existencia de la otra casa que tiene su representada; no existiendo la contradicción expresada por parte de la Juzgadora.

    El recurrente advierte además, que no comparte la resolución emitida, por considerar que el análisis formulado a la demanda y a las pruebas documentales y testimoniales por parte de la Jueza a quo, no fue apegada a derecho, por no haber aplicado ni valorado el Art. 240 causal 2ª C.F., el cual regula la pretensión principal de la Pérdida de la Autoridad Parental alegada, pues en su resolución no hace mención de que el abandono del demandado tenga alguna justificante como para no decretar la pérdida solicitada, por lo que considera que la Juzgadora valoró erróneamente la prueba en relación con la pretensión principal, no teniendo congruencia entre lo solicitado y lo argumentado. Que el fundamento sobre el cual se resolvió no decretar la pérdida de la autoridad parental solicitada, está fuera de todo contexto legal, pues se fundamenta en un supuesto de la falta de relación y trato de su representada para con su hijo. A. también que la resolución emitida le causa agravio, tanto a su representada como a su hijo, ya que una de las razones por las que se solicita la pérdida de la autoridad parental, es para que su representada no siga teniendo problemas a la hora de querer sacar a su hijo del país en la época de vacaciones. Y es por ello que de acuerdo a lo establecido en los Arts....

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