Sentencia nº 59-A-2017 de Cámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 9 de Marzo de 2017

Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2017
EmisorCámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador
Número de Sentencia59-A-2017
Sentido del FalloInadmisibilidad
Tipo de ResoluciónInterlocutoria
Tipo de JuicioProceso de Pérdida de la Autoridad Parental y Nombramiento de Tutor
Tribunal de OrigenJuzgado de Familia, Soyapango

CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DEL CENTRO, SAN SALVADOR, A LAS NUEVE HORAS CON TREINTA Y DOS MINUTOS DEL DÍA NUEVE DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE.

El presente recurso de apelación, ha sido interpuesto por las Licenciadas BELMA EVIDELINA RIVAS FUNES y R.E.Z.R., ambas mayores de edad, abogadas, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, en su carácter de Apoderadas Generales Judiciales del señor [...] y de la señora [...], ambos mayores de edad, el primero mecánico, y la segunda de oficios domésticos, ambos del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador. Impugnan la sentencia pronunciada por la JUEZA DE FAMILIA DE SOYAPANGO , Licenciada P.E.M.N. , en el PROCESO DE PÉRDIDA DE AUTORIDAD PARENTAL Y NOMBRAMIENTO DE TUTOR, promovido por los impetrantes, contra el señor [...], mayor de edad, empleado, del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador, quien es representado por el Licenciado DISRAELI ANDRE CHAVARRIA PEÑA, mayor de edad, Abogado, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador. Ha intervenido la Licenciada A.E. en su calidad de Procuradora de Familia Adscrita al Tribunal.

I.L.L.B.E.R.F. y ROSA EMILIA ZALDAÑA RAMOS han recurrido de la sentencia pronunciada a las catorce horas del día dieciocho de enero del año dos mil diecisiete, en la que se falló y sentenció lo siguiente: “ I.N. ha lugar a decretar la Pérdida de la Autoridad Parental solicitada por los señores [...] y [...], por no haberse probado fehacientemente los hechos alegados. II. Confiérase el cuidado personal de la niña [...], a su padre, señor [...], la cual deberá de ser entregada al mismo este mismo día; fijándose un régimen de comunicación a favor de los abuelos maternos, señores [...] y [...], de la siguiente manera, los fines de semana cada quince días desde el día viernes al medio día a las cinco de la tarde del día domingo, debiendo de compartir con ellos, la mitad de los periodos de vacación de Semana Santa, Agosto, navidad y fin de año. III. Déjese sin efecto las medidas provisionales decretadas en Audiencia Preliminar. IV. Remítase a las partes materiales a que asistan con carácter urgente al Centro de Atención Psicosocial de San Salvador, para recibir tratamiento acorde a su problemática, debiendo de librar oficio respectivo al señor [...] deberá incorporarse al programa de Escuela para Padres y Madres que funciona en este Centro

Psicóloga asignada al presente caso por el periodo de seis meses, debiéndose de...

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