Sentencia nº 53-RQJS-17 de Cámara Tercera de Lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 23 de Marzo de 2017

Fecha de Resolución23 de Marzo de 2017
EmisorCámara Tercera de Lo Civil de la Primera Sección del Centro, San Salvador
Número de Sentencia53-RQJS-17
Sentido del FalloTiénese por parte como quejoso al Fondo Social para la Vivienda.
Tipo de ResoluciónInterlocutoria
Tipo de JuicioProceso Ejecutivo Mercantil
Tribunal de OrigenJuzgado de lo Civil de Soyapango

53-RQJS-17

CÁMARA TERCERA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL CENTRO: San Salvador, a las ocho horas doce minutos de veintitres de marzo de dos mil diecisiete.

A sus antecedentes el escrito suscrito por el licenciado G.E.A.M., juntamente con copia certificada por notario de testimonio de poder general judicial con cláusula especial, con el que legitima su personería como apoderado del “FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA” , institución de crédito y de este domicilio y dos copias simples del mismo.

Tiénese por parte como quejoso al “Fondo Social para la Vivienda”, por medio de su apoderado licenciado A. M.

Admítese el recurso de queja por retardación de justicia interpuesto; y de conformidad a lo establecido en los Arts. 1111 y 1112 Pr.C., despáchese Carta Acordada al señor Juez de lo Civil de Soyapango, a efecto de que...

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