Sentencia nº 62-A-2017 de Cámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 29 de Marzo de 2017

Fecha de Resolución29 de Marzo de 2017
EmisorCámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador
Número de Sentencia62-A-2017
Sentido del FalloInadmisibilidad
Tipo de ResoluciónInterlocutoria
Tipo de JuicioProceso de Pérdida de la Autoridad Parental
Tribunal de OrigenJuzgado Cuarto de Familia , San Salvador

CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DEL CENTRO: SAN SALVADOR, A LAS DOCE HORAS Y DIECISÉIS MINUTOS DEL DÍA VEINTINUEVE DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE.

El presente recurso de apelación, ha sido interpuesto por el Licenciado A.E.M.M., quien actúa en conjunto con el Licenciado F.A.C.M., como Apoderados de la demandante señora [...], de cuarenta y seis años de edad, Empleada, del domicilio de Silver Spring, Estado de Maryland, Estados Unidos de América, quien representa legalmente al Adolescente [...], de dieciséis años de edad, Estudiante, del domicilio de Silver Spring, Estado de Maryland, Estados Unidos de América. Impugnan la Sentencia Definitiva pronunciada por la JUEZA CUARTO DE FAMILIA INTERINA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, Licenciada E.B.G. en el Proceso de PÉRDIDA DE LA AUTORIDAD PARENTAL, marcado bajo el N.U.E. 13673-15-FMPF-4FM1/3, promovido primigeniamente por el abogado recurrente en el Juzgado A quo, donde se le asignó por la Oficina Receptora y Distribuidora de Demandas el N.U.E. 04089-14-FMPF-4FM1/7ymh, quien se declaró incompetente y enviado al Juzgado de Familia de Apopa, departamento de San Salvador, quien le asigno el N.U.I. AP-F-887-(240)-2014/C1, por medio de los L.A.E.M.M. y F.A.C.M. en contra del señor [...] o [...], de cuarenta y seis años de edad, Estudiante, de este domicilio, quien está siendo representado judicialmente por medio del Procurador de Familia Adscrito al Juzgado A quo; y posteriormente mediante Recurso de Apelación fue conocido en esta Instancia y declarada la Nulidad de la Sentencia dictada por el Juzgado de Familia de Apopa, departamento de San Salvador y reenviado nuevamente al Juzgado Cuarto de Familia de este Distrito Judicial. Han intervenido los L.R.A.P. y DOLORES M.B.M., en la calidad de Procuradores de Familia Adscritos en su orden el primero del Juzgado A quo y la segunda del Juzgado de Familia de apopa, departamento de San Salvador respectivamente; Asimismo comparece el Defensor Público de Familia Licenciado JULIO CÉSAR M.V., en Representación Judicial del niño [...]. Advertimos que el proceso ha ingresado a esta instancia a las nueve horas con cincuenta minutos del día uno de marzo de dos mil diecisiete,

Juzgado A quo, lo cual lo haremos ver al final de esta resolución.

  1. Antes de conocer del fondo de los recursos es necesario analizar si estos reúnen los requisitos de admisibilidad que exige la ley.

    La Sentencia Definitiva que el Licenciado A.E.M.M. pretende impugnar fue dictada en la Audiencia de...

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