Sentencia nº 273-A-16 de Cámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 17 de Marzo de 2017

Fecha de Resolución17 de Marzo de 2017
EmisorCámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador
Número de Sentencia273-A-16
Sentido del FalloInadmisibilidad
Tipo de ResoluciónInterlocutoria
Tipo de JuicioProceso de Cuidado Personal
Tribunal de OrigenJuzgado de Familia, Cojutepeque

CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DEL CENTRO: SAN SALVADOR, A LAS NUEVE HORAS CON CUARENTA Y DOS MINUTOS DEL DÍA DIECISIETE DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE.

El presente recurso de apelación, ha sido interpuesto por el Licenciado ELÍAS B.C.R., mayor de edad, Abogado y Notario, del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador, quien es Apoderado Especial Judicial Especifico del señor [...], mayor de edad, empleado, del domicilio de Monte S.J., Departamento de Cuscatlán. Impugna la sentencia pronunciada por el JUEZ DE FAMILIA DE COJUTEPEQUE, Licenciado JULIO C.E.H., en el PROCESO DE CUIDADO PERSONAL del niño [...] promovido por la señora [...], quien es representada por el Licenciado N.O.A.R., abogado, del domicilio de Santa Tecla, departamento de La Libertad, en contra del impetrante. Ha intervenido en su calidad de Procuradora de Familia Adscrita al Tribunal, la Licenciada M.J.C.P..

  1. El impetrante ha recurrido de la sentencia pronunciada a las nueve horas del día quince de noviembre del año dos mil dieciséis, en la que se falló lo siguiente: “I) Se desestima la pretensión de otorgar el cuidado personal del niño [...] al padre [...]; confiándosele su cuidado personal a la madre [...]. Se establece para que el señor [...] mantenga comunicación relación y trato con su hijo [...] un régimen de visitas abierto, pudiendo tenerlo todos los fines de semana desde las nueve horas del día sábado hasta las diecisiete horas del día domingo quedándose a dormir con el padre. -. También lo tendrá el fin de año de cada año y las fiestas de navidad estará junto a la madre. Queda obligado el señor [...] a contribuir para la alimentación de su hijo con la cantidad mensual de CIENTO CINCUENTA dólares, los cuales serán retenidos de su salario a partir del presente mes y depositados en la cuenta que tiene aperturada la Procuraduría General de la República Sub Regional de Cojutepeque, en el Banco de Fomento para ser entregados a la madre de su hijo, debiéndose informar a dicha institución al respecto... (SIC).

  2. En primer lugar, cabe acotar que los recursos se utilizan para que en instancia superior se realice un reexamen de las decisiones de un órgano jurisdiccional; de ello se desprende que la apelación, así entendida, sirve para -en su caso- enmendar las decisiones de primera instancia en sus aspectos fáctico y jurídico, en interés de la parte agraviada, a fin de garantizar a los litigantes

    requisitos mínimos para su interposición a efecto de garantizar...

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