Sentencia nº INC-APEL-29-01-03-17 de Cámara de Lo Civil de la Primera Sección de Occidente, Santa Ana, Cámaras de Apelaciones, 30 de Marzo de 2017

Fecha de Resolución30 de Marzo de 2017
EmisorCámara de Lo Civil de la Primera Sección de Occidente, Santa Ana
Número de SentenciaINC-APEL-29-01-03-17
Sentido del FalloConfírmase el auto venido en apelación por estar arreglado conforme a derecho.
Tipo de ResoluciónSentencia Definitiva
Tipo de JuicioProceso de Ejecución Forzosa
Tribunal de OrigenJuzgado de lo Civil de Metapan

CÁMARA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCIÓN DE OCCIDENTE: S.A., a las once horas del día treinta de marzo de dos mil diecisiete.

Visto el auto venido en apelación pronunciado a las nueve horas con quince minutos del día diecisiete de enero de este año, por el Señor Juez de lo Civil de la ciudad de Metapán, en el Proceso de Ejecución forzosa, P.E.F. 1-2011, promovido inicialmente por el Licenciado R.G.M.G. como Apoderado General Judicial del señor J.A.F.M. y continuado por el señor C.A.F.P. en su calidad de cesionario del derecho litigioso que le correspondía a este último, a través de su Apoderado C.F.L.G., en contra de la sucesión del causante N.A.F.S., representada por los señores: R.D.S.M.E.D.F.O.R.D.S.M.E.VIUDAD.F., representada inicialmente por el Licenciado MARIO R.C.M.; M.F.D.M. conocida por ANA MIRIAM

F. DE S. y A.M.S., S.E.F.N., G.C.F.D.F., C.B.F.S., N.H.F.S., S.F.S.D.C. y M.A.F.S.D.U.; a efecto que se revoque la parte del auto que ordena librar oficio al Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este departamento a fin de cancelar los embargos ordenados a favor del ejecutante CESAR ALIRIO F. P.

Han intervenido en primera instancia y en ésta, la parte actora, por medio de sus representantes procesales antes indicados.

ANTECEDENTES

DE HECHO.

I.-SOLICITUD Y PRETENSION.

Que el Abogado R.G.M.G. como Apoderado General Judicial del señor J.A.F.M. en la solicitud de fs. 1, esencialmente, expuso: “Que es Apoderado General Judicial del señor J.A.F.M.; que tal como lo comprueba con la certificación otorgada por el Juzgado Primero de Paz de este distrito judicial en el JUICIO CIVIL CONCILIATORIO DE RECONOCIMIENTO DE OBLIGACION, mi mandante es acreedor de la sucesión del causante N.A.F.S., representada por sus herederos definitivos señores: R.D.S.M.E.D.F.O.R.D.S.M. E.VIUDA DE F.; M.F.D.M. conocida por A.M.F.D.S. y A.M.S., S.E.F.N., G.C.F.D.F., CESAR

DE U.; que dicha sucesión es en deberle a mi mandante la cantidad de SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CATORCE PUNTO VEINTISIETE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Que habiéndose vuelto exigible y de plazo vencido la obligación y de forma ejecutiva, por este medio vengo a promover juicio ejecutivo civil en contra de la referida sucesión; por lo anteriormente expuesto LE PIDO: Admitirme esta demanda, tenerme por parte en el concepto en que comparezco, admitirme la prueba que presento, darle el trámite legal hasta su completo pago, trance o remate, condenando a la demandada a pagar la cantidad reclamada.

Con el escrito de fs. 28 p.p., el Abogado de la parte actora modificó la solicitud inicial en los términos que ahí se indican.

  1. RESOLUCION APELADA.

El auto de las nueve horas con quince minutos del día diecisiete de enero de este año, por el Señor Juez de lo Civil de la ciudad de Metapán en el proceso indicado, que en lo esencial dice: “L. oficio al Registro de la propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Occidente a fin de cancelar los embargos ordenados a favor del ejecutante C.A.F.P., en este proceso. Art. 1, 2, 3 y 19 CPCM.”

TRAMITE DEL RECURSO.

Introducido que fue el proceso a esta Cámara, se admitió el recurso por reunir el escrito de interposición, los requisitos mínimos requeridos por la ley, convocándose a las partes a la audiencia a que se refiere el art. 513 CPCM., diligencia que se llevó a cabo con la asistencia del Abogado de la parte impetrante, no así de la parte apelada ni de su representante procesal por haberse revocado expresamente el Poder conferido, tal como consta en auto de fs. 46 p.p. y acta de fs. 48 y 49 de este incidente, en donde se...

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