Sentencia nº 137-17 de Cámara Segunda de Lo Laboral, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 24 de Marzo de 2017
Fecha de Resolución | 24 de Marzo de 2017 |
Emisor | Cámara Segunda de Lo Laboral, San Salvador |
Número de Sentencia | 137-17 |
Sentido del Fallo | Sentencia confirmatoria |
Tipo de Resolución | Sentencia Definitiva |
Tipo de Juicio | Juicio Individual Ordinario de Trabajo |
Tribunal de Origen | Juzgado Tercero de lo Laboral, San Salvador |
137-17
CAMARA SEGUNDA DE LO LABORAL: San Salvador, a las catorce horas y cuarenta minutos del día veinticuatro de marzo de dos mil diecisiete.
Vistos en apelación de la sentencia pronunciada por el señor Juez Tercero de lo Laboral, con sede en esta ciudad, a las once horas y treinta y cinco minutos del día veintidós de febrero del corriente año, en el juicio individual ordinario de trabajo promovido por el Licenciado H.R.L.A., como Defensor Público Laboral, actuando en nombre y representación del trabajador JULIO A.A.B., contra la sociedad PLUSS COLOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de este domicilio; reclamando indemnización por despido injusto, sentencia mediante la cual, el señor J. a quo absolvió a la sociedad demandada de la acción intentada en su contra.
Intervinieron como partes en la instancia que precede, el Licenciado L.A., en el carácter ya indicado y los de igual cargo L.D.F.C.M. y M.J.U.. En la presente únicamente se apersonó el Licenciado Urquilla.
DE HECHO:
I) Que con fecha veintiuno de diciembre del año próximo pasado, el Licenciado L.A., presentó la demanda de folio 2 la cual fue admitida, por lo que se ordenó citar a las partes a celebrar la conciliación de ley con calidad de emplazamiento para la sociedad demandada, diligencia que no aportó resultado favorable alguno, en vista de lo manifestado por la parte reo en la respectiva audiencia. Mediante auto de folio 22, fue declarada rebelde la sociedad demanda, por no haber contestado la demanda dentro del término de ley, por lo que se tuvo de su parte por contestada la misma en sentido negativo.
II) Que según consta en autos se siguió el trámite de ley en el curso de la primera instancia hasta pronunciarse sentencia, contra la que se interpuso recurso de apelación, siendo el motivo por el cual este Tribunal conoce del juicio en grado.
III) Estamos frente a un juicio de reclamo de indemnización y accesorias por despido injusto, donde el a quo absuelve al empleador demandado, por no...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba