Sentencia nº 004-17-MET-SA2 de Cámara de Familia de la Sección de Occidente, Santa Ana, Cámaras de Apelaciones, 8 de Febrero de 2017

Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2017
EmisorCámara de Familia de la Sección de Occidente, Santa Ana
Número de Sentencia004-17-MET-SA2
Sentido del FalloDeclárase procedente el impedimento
Tipo de ResoluciónInterlocutoria
Tipo de JuicioProceso de Violencia Intrafamiliar
Tribunal de OrigenJUZGADO SEGUNDO DE PAZ, METAPÁN

EN LA CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DE OCCIDENTE: S.A., a las diez horas del día miércoles ocho de febrero del año dos mil diecisiete. Siendo el lugar, el día y la hora designados para celebrar audiencia en el presente INCIDENTE DE IMPEDIMENTO promovido de oficio por el señor Juez Segundo de Paz de M., licenciado F.G.H.R. , en el proceso de violencia intrafamiliar promovido por el señor [...] , con referencia N° 01-2017; por lo que constituidos los suscritos Magistrados, O.H.P.C. y C.Y.C. de G., y el Secretario de Actuaciones interino, Licenciado W.O.L.L. , se declara abierta la audiencia por el Presidente de la Cámara, comprobándose la presencia del señor Juez Segundo de Paz de M., licenciado F.G.H.R. , de cincuenta y siete años de edad, licenciado en ciencias jurídicas, del domicilio de M., quien se identifica por medio de su Documento Único de Identidad número […]; el denunciante licenciado [...] , de treinta años de edad, abogado, de este domicilio, en su carácter personal, quien se identifica con su tarjeta de abogado número […], expedida por el S. General de la Corte Suprema de Justicia el día doce de diciembre de dos mil doce; y sin la asistencia de la denunciada señora [...] no obstante haber sido legalmente citada.- A continuación el S. da lectura: a) a la providencia pronunciada a las once horas del jueves cinco de enero del año dos mil diecisiete (fs. 3, de la pieza principal), mediante el cual se inhibe de conocer del proceso mencionado, en vista de que el denunciante y el expresado funcionario judicial los une un sentimiento afectivo pues se trata del hijo de su primo el licenciado [...]; por lo cual ordenó remitir el expediente del proceso a esta Cámara a fin de que se declare la legalidad del impedimento.- Acto seguido el S. continúa con la lectura b) del decreto de sustanciación de esta Cámara de las quince horas del día martes diez de enero del año dos mil diecisiete, de fs. 2 a 4 del incidente y el decreto de fs. 24 y 25 del mismo de las nueve horas del martes treinta y uno de enero del año dos mil diecisiete; mediante el cual se señaló lugar, día y hora para celebrar esta audiencia con el objeto de recibir los medios probatorios ofrecidos por el Juzgador y resolver la procedencia o la improcedencia del impedimento relacionado.- Acto seguido se incorpora la prueba documental a través de su exhibición, consistente en las certificaciones de las partidas de nacimiento de los señores: a) F.G.H.R., b) […], c) […], e) [...], y...

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