Sentencia nº 44-2017 de Cámara Segunda de Lo Laboral, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 14 de Febrero de 2017
Fecha de Resolución | 14 de Febrero de 2017 |
Emisor | Cámara Segunda de Lo Laboral, San Salvador |
Número de Sentencia | 44-2017 |
Sentido del Fallo | Sentencia confirmatoria |
Tipo de Resolución | Sentencia Definitiva |
Tipo de Juicio | Juicio Individual Ordinario de Trabajo |
Tribunal de Origen | Juzgado Cuarto de lo Laboral, San Salvador |
44/2017
CAMARA SEGUNDA DE LO LABORAL: San Salvador, a las quince horas del día catorce de febrero de dos mil diecisiete.
Vistos en apelación de la sentencia pronunciada por la Señora Jueza Cuarto de lo Laboral con sede en esta ciudad, a las catorce horas y cincuenta minutos del día doce de diciembre del año próximo pasado, en el juicio individual ordinario de trabajo, promovido por la licenciada V.E.T.S., en su calidad de Defensora Pública Laboral de la trabajadora J.E.M.P. , contra FUNDACION SALVADOREÑA DE FORMACION Y DESARROLLO , de este domicilio, reclamando indemnización por despido injusto, vacación y aguinaldo proporcional; así como salarios adeudados, sentencia mediante la cual, la Señora jueza a quo declaró ha lugar a la excepción de pago de salarios adeudados, absolvió a la demandada de dichos salarios, y declaró improponible la demanda de las demás acciones intentadas en su contra.
Intervinieron como partes en la instancia que precede, la Licenciada T.S., en el carácter ya indicado, y los de igual cargo licenciados K.L.E.G. y R.A.G.L.; así como la licenciada M.A.S.M., como apoderada general judicial con cláusula especial de la fundación demandada. En la presente se apersonó únicamente la licenciada E.G..
DE HECHO:
I) Que con fecha ocho de noviembre del año próximo pasado, la Licenciada T.S., presentó la demanda de folio 1, por lo que se admitió la misma y se ordenó citar a las partes a celebrar la conciliación de ley con calidad de emplazamiento para la fundación demandada, diligencia que no aportó resultado favorable alguno, en vista de lo manifestado por la parte reo en la respectiva audiencia. Por escrito de folios 19 y 33, la Licenciada S.M., contestó la demanda en sentido negativo, alegó y opuso las excepciones de improponibilidad de la demanda, abandono de labores y la de pago de salarios adeudados.
II) Que según consta en autos se siguió el trámite de ley en el curso de la primera instancia hasta pronunciarse sentencia, contra la que se interpuso recurso de apelación, siendo el
instancia por la licenciada E.G., corren agregados de fs. 4 a 19.
III) EL ad quem toma nota del escrito presentado por la apelante en esta instancia, quien cuestiona la sentencia alzada, que declara improponible la demanda, y con lo dicho en agravios se procede al examen de la causa, concediéndole a la recurrente parcialmente la razón, puesto que no obstante que la...
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