Sentencia nº 107-A-2017 de Cámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 25 de Abril de 2017

Fecha de Resolución25 de Abril de 2017
EmisorCámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador
Número de Sentencia107-A-2017
Sentido del FalloInadmisibilidad
Tipo de ResoluciónInterlocutoria
Tipo de JuicioProceso de Pérdida de la Autoridad Parental
Tribunal de OrigenJuzgado Primero de Familia, San Salvador

CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DEL CENTRO; SAN SALVADOR, A LAS DIEZ HORAS Y DIEZ MINUTOS DEL DÍA VEINTICINCO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE.

El presente recurso de Apelación, ha sido interpuesto por el Defensor Público de Familia, Licenciado R.R.S.P., en representación del señor [...], mayor de edad, empleado, del domicilio de Ayutuxtepeque, departamento de San Salvador. Impugna la Sentencia Definitiva pronunciada por la Jueza Primero de Familia de esta ciudad, Licenciada S.D.C.G.C. , en el proceso de PÉRDIDA DE AUTORIDAD PARENTAL, en relación a la niña [...] promovido por la Licenciada LETICIA DE LOS A.M.D.M., abogada, del domicilio de Mejicanos, como apoderada de la madre de la niña [...], señora [...], mayor de edad, empleada, del domicilio de Colón, departamento de La Libertad, quien también ha sido representada por los L.K.F.J.C.V. y A.M.R., ambos abogados, de este domicilio; contra el impetrante. Asimismo ha intervenido la Procuradora de Familia adscrita al juzgado a-quo, Licenciada P.S.R..

I- La sentencia impugnada fue pronunciada en la audiencia de sentencia celebrada a las nueve horas y quince minutos del día uno de marzo de dos mil diecisiete (fs.79/84); en cuyo fallo –respecto al punto impugnado- en síntesis, se resolvió lo siguiente: II) Fíjese en concepto de cuota alimenticia al señor [...], y a favor de la niña [...], la cantidad de CIEN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, pagaderos el día treinta de cada mes, a partir del presente, por medio del sistema de retención de salarios, en el lugar de trabajo del señor [...], el cual es la empresa Corporación Personal, Puntual, y posteriormente deberá ser remitida a la Unidad Contable de la Procuraduría General de la República para su posterior entrega a la señora [...]; debiendo cumplir el obligado en los meses de diciembre con lo establecido en los Decretos Legislativos número ciento cuarenta de fecha seis de noviembre de mil novecientos noventa y siete, y quinientos tres, de fecha veintitrés de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

II . Inconforme con dicho punto de la sentencia, el Licenciado ROLANDO RENATO

argumentando en síntesis lo siguiente:

Que en virtud de no estar de acuerdo con lo resuelto por la jueza a-quo, por este medio viene a interponer recurso de apelación en contra de dicha sentencia en vista que en el presente caso hay una errónea aplicación del precepto legal contenido en el Art. 254 C.F, ya que la jueza a-quo en primer lugar el equipo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR