Sentencia nº 039-17-ST-F de Cámara de Familia de la Sección de Occidente, Santa Ana, Cámaras de Apelaciones, 26 de Abril de 2017
| Fecha de Resolución | 26 de Abril de 2017 |
| Emisor | Cámara de Familia de la Sección de Occidente, Santa Ana |
| Número de Sentencia | 039-17-ST-F |
| Sentido del Fallo | Sentencia Confirmatoria |
| Tipo de Resolución | Sentencia Definitiva |
| Tipo de Juicio | Diligencias de Jurisdicción Voluntaria de Rectificación de Partida de Nacimiento |
| Tribunal de Origen | Juzgado de Familia, Santa Tecla |
CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DE OCCIDENTE : S.A., a las once horas treinta minutos del día miércoles veintiséis de abril del año dos mil diecisiete.- IDENTIFICACIÓN DE LAS DILIGENCIAS
La presente providencia corresponde al expediente del incidente del recurso de apelación interpuesto en las diligencias de jurisdicción voluntaria de rectificación de partida de nacimiento, procedentes del Juzgado de Familia de Santa Tecla con Número Único de Identificación ST-F-999(193)2016, promovidas por el adolescente [...], de doce años de edad; representado legalmente por la Procuradora General de la República mediante el Defensor Público de Familia licenciado C.A.M.H. .El expediente del incidente de apelación abierto por la Cámara ha sido registrado con la referencia N° 039-17- ST- F- UTILIZACIÓN DE FORMAS ABREVIADAS
Salvo que indiquemos algo diferente, en el desarrollo de este providencia hacemos uso de las siguientes formas abreviadas: “ Pr.F. ” corresponde a la Ley Procesal de Familia; “ C.F. ” al Código de Familia; “ Pr.C.M. ”, al Código Procesal Civil y Mercantil; “ fs. ”, a los folios del expediente tramitado en 1ª Instancia; “ solicitud inicial ”, a la petición por medio de la cual se promueven las diligencias de rectificación de partida de nacimiento del adolescente [...]; “ Cámara ”, a la Cámara de Familia de la Sección de Occidente.- DECISIÓN E IMPUGNACIÓN
LA DECISIÓN.- Según providencia de las 09 horas 30 minutos del jueves 01 de diciembre de 2016 (fs. 13), la señora Juez de Familia de Santa Tecla declaró inadmisible la solicitud inicial.- LA IMPUGNACIÓN.- Inconforme con lo resuelto, el licenciado R.H. interpuso recurso de apelación contra tal decisión (fs. 17 y 18), por lo que la expresada J. lo tuvo por interpuesto y ordenó la remisión de las actuaciones a la Cámara (fs. 19).- ADMISIBILIDAD DE LA IMPUGNACIÓN
El recurso planteado por el profesional nominado reúne los siguientes requisitos legales para ser admitido [ I ] Se alzó de la sentencia interlocutoria que declaró la inadmisibilidad de la solicitud inicial, contemplada en forma expresa como apelable (art. 153 lit. “a” Pr.F.); [II] el recurrente tiene legitimidad procesal para hacerlo, es sujeto de la apelación por ser representante
[ III ] lo planteó en forma, por escrito (arts. 148 inc. 1° y 156 inc. 1°); [ IV ] lo propuso en tiempo, dentro de los tres días siguientes a la notificación de la expresada sentencia interlocutoria (art. 148 inc. 1° y 156 inc. 1°) Pr.F.; [ V ] indicó el punto impugnado de la decisión, el que declaró inadmisible la solicitud (art. 148 inc. 2° Pr.F.); [ VI ] expuso la fundamentación del recurso en el escrito de interposición de éste de fs. 17 y 18; [ VII ] como petición en concreto solicitó a esta Cámara que revocara la mencionada interlocutoria (art. 148 inc. 2° Pr.F.); y [ VIII ] como resolución que pretende, que se admitiera la solicitud inicial (art. 148 inc. 2° Pr.F.).- En virtud de lo anterior y de lo que dispone el inciso segundo del art. 160 Pr.F., se admite el recurso de apelación interpuesto por el licenciado C.A.R.H. en el carácter con que actúa, contra la sentencia interlocutoria relacionada, por lo que se procede a su conocimiento y decisión.- HECHOS Y PRETENSIONES
Según se expone en la solicitud, el adolescente [...] nació en la ciudad de Quezaltepeque, departamento de La Libertad, el día 6 de agosto de 2004, siendo hijo de la señora [...]; y que la partida de nacimiento del referido adolescente adolece de error en cuanto al nombre de él y de la madre, ya que se consignó como su nombre [...] y como [...] el de ella, que el error le ocasiona problemas de tipo jurídicos y sociales, en razón de ello pide que se rectifique la partida de nacimiento en el sentido que su nombre correcto es [...], agregando que la señora [...], según investigación realizada por la Procuraduría falleció en dicha ciudad, el día 28 de marzo de 2008, y el mencionado adolescente se encuentra bajo la medida cautelar de protección en Hogar Sustituto, en el hogar de la señora [...].- Se ofreció prueba documental a efecto de establecer la pretensión.- LAS PREVENCIONES Y SU SUBSANACIÓN
Por resolución de las 08 horas 15 minutos del día 22 de agosto de 2016 (fs. 6), considerando que la solicitud carecía de requisitos para ser admitida la expresada J. bajo prevención de inadmisibilidad puntualizó entre otros el cumplimiento de los siguientes requisitos:
4. En virtud de expresarse en la solicitud que la madre del adolescente [...] ha fallecido, presente Certificación de Partida de defunción de la madre del solicitante, dicha partida deberá ser presentada por el Sistema de copia fiel del libro del asentamiento a fin de garantizar su autenticidad y evitar errores en la transcripción.
constancia de enterramiento emitida por el Registro del Estado Familiar de la Alcaldía correspondiente, en la misma se deberá determinar el lugar exacto en donde fue enterrada para efectos de exhumación y recolección de muestra de ADN.”
Mediante escrito presentado el día 17 de noviembre de 2016 (fs. 10), el licenciado C.A.R.H., en cuanto a lo antes puntualizado, manifestó:
4) “La madre del adolescente [...], ya fallecida no fue asentada la partida de defunción, en virtud de ello, ya fue presentada a este tribunal, la solicitud de las diligencias a fin de establecer subsidiariamente la defunción de la mencionada señora cuya referencia de dichas diligencias es 931-197-16.”
5) “Siempre de acuerdo a las investigaciones realizadas por al mencionado instituto y la Oficina que represento, el lugar en donde fue el sepelio de la señora [...] o [...], fue en el Cementerio General del Municipio de Quezaltepeque, de este Departamento, el día veintiocho de marzo de dos mil ocho, que a solicitud de ayuda de la madre de la occisa también fallecida, el Alcalde Municipal, que fungía en esa época, proporciono en forma gratuita los gastos de enteramiento, situación que no fue registrada en los archivos de dicha Alcaldía, razón por la cual no es posible presentar la constancia de enterramiento.”
INADMISIBILIDAD DE LA SOLICITUD
Por medio de...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.