Sentencia nº INC-APEL-143-05-12-16 de Cámara de Lo Civil de la Primera Sección de Occidente, Santa Ana, Cámaras de Apelaciones, 26 de Enero de 2017

Fecha de Resolución26 de Enero de 2017
EmisorCámara de Lo Civil de la Primera Sección de Occidente, Santa Ana
Número de SentenciaINC-APEL-143-05-12-16
Sentido del Falloa) DECLARASE no ha lugar lo solicitado por el apelante en su escrito de apelación; b) CONFIRMASE la sentencia pronunciada por el señor Juez Tercero de lo Civil y Mercantil de este distrito judicial
Tipo de ResoluciónSentencia
Tipo de JuicioProceso Abreviado de Terminación de Contrato de Arrendamiento, Desalojo de Inmueble Arrendado y Pago de Cánones Adeudados
Tribunal de OrigenJuzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de Santa Ana

CÁMARA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCION DE OCCIDENTE: S.A., a las catorce horas y treinta minutos del día veintiséis de enero del año dos mil diecisiete.

La sentencia que se conoce en apelación ha sido pronunciada por el señor Juez Tercero de lo Civil y M. del distrito judicial de esta ciudad, a las catorce horas con treinta y cinco minutos del día tres de noviembre del año dos mil dieciséis, en el Proceso Abreviado de Terminación de Contrato de Arrendamiento, Desalojo de Inmueble Arrendado y Pago de Cánones Adeudados, promovido por el señor T. de J.M.A., por medio de su Apoderada General Judicial Licenciada C.I.P.P., en contra del señor D.A.M.D., demandado como D.M., representado sucesivamente por los Licenciados Violeta Marina

P. O. y J.I.C.E., a fin de que se condene al demandado al pago de cánones adeudados, se declare la terminación del contrato de arrendamiento, la desocupación del inmueble y el desalojo del demandado del inmueble ubicado en Cantón […], suburbios del B.E.A., de esta ciudad.

Han intervenido en primera instancia, por la parte actora la Licenciada Claritza Ivette P.

P. y por la parte demandada los L.V.M.P.O. y J.I.C.E. y, en ésta, los L.C.I.P.P. y el Licenciado J.I.C.E. en las calidades dichas.

ANTECEDENTES

DE HECHO EN PRIMERA INSTANCIA.

El presente proceso se origina con la demanda presentada por la Licenciada P.P., en su calidad de Apoderada General Judicial del señor T. de J.M.A. y en lo principal expuso: “Que mi poderdante es propietario de cinco octavas partes, equivalentes a un sesenta y dos punto cincuenta por ciento de un inmueble ubicado en Cantón […], suburbios del B.E.A. de esta ciudad, que mi poderdante convino en dar en arrendamiento dicho inmueble al señor D.M., acuerdo al que mi poderdante y el señor D. llegaron de manera verbal, por un lapso de seis meses, para el establecimiento de un taller de reparación de vehículos y se estableció que el señor M. pagaría mensualidades anticipadas, fijas y sucesivas de ciento veinticinco dólares de los Estados Unidos de América, los días treinta de cada uno de los meses comprendidos en el plazo; mi poderdante ha buscado al señor M. en reiteradas ocasiones para formalizar el contrato de arrendamiento, habiéndose negado el señor M. a suscribirlo, que desde hace siete meses, es decir, desde el mes de enero del presente año, dicho señor se ha negado a pagar la mensualidad correspondiente a ciento veinticinco dólares como pago de arrendamiento

arrendamiento de un mil dólares de los Estados Unidos de América; no obstante la no existencia de contrato de arrendamiento de forma escrita, la existencia del contrato la probaré mediante prueba testimonial, por lo que ofrezco a los señores R.A.S.L. y Wilnner Alexander L.

R.; asimismo, para probar la existencia del contrato de arrendamiento solicito declaración de parte contraria, de conformidad a los Arts. 345 y 347 del Código Procesal Civil y M., por lo expuesto, con expresas instrucciones de mi mandante y de conformidad a lo establecido en los artículos 418 y siguientes del Código Procesal Civil y M., vengo a demandar en Proceso Abreviado de Inquilinato por mora simple con reclamo de cánones, terminación de contrato y desocupación del Inmueble al señor D.M. y previos los trámites de ley, en sentencia definitiva se condene al demandado al pago de los cánones adeudados que ascienden a un mil dólares de los Estados Unidos de América, más las costas procesales, se decrete la terminación del contrato de arrendamiento, la desocupación del inmueble y como consecuencia al lanzamiento del inquilino.”

  1. TRAMITE DEL PROCESO

II.I.- De fs. 3 a 4, del proceso, se encuentra la escritura pública...

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