Sentencia nº 177-S-2016 de Corte Plena, Corte Suprema de Justicia, 19 de Septiembre de 2017

Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2017
EmisorCorte Plena
Número de Sentencia177-S-2016
Tipo de ProcesoSUPLICATORIO
Sentido del FalloCertifíquese la presente resolución y remítase

177-S-2016

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, a las once horas y veinticinco minutos del diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete.

Por recibido el oficio SV.MJSP.B2R.4.953.JB.3123.8.17, de fecha 22-VIII-2017, suscrito por el Director Jurídico del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, junto con documentación procedente del Ministerio Público de Guatemala relacionada con la investigación penal que se sigue por los delitos de actos preparatorios, proposición, conspiración y asociaciones ilícitas.

Vistos los documentos, esta Corte considera:

En primer lugar, consta en el expediente que la Fiscalía General de la República, con base en la Convención Interamericana sobre Asistencia Mutua en Materia Penal, requirió a través de esta Corte, que se gestionara una petición de asistencia legal ante las autoridades guatemaltecas, a efecto de obtener documentación de las siguientes personas: J.D.V.B., J.J.V.T., E.A.V.B. y Orlando Neftalí H. L.; por ello, este Tribunal ordenó el envío de la solicitud, según lo pronunciado en resolución del 16-IX-2016.

En segundo lugar, el Ministerio Público de Guatemala, mediante oficio DFG-636-2017, de fecha 18-V-2017, remitió documentación certificada, respondiendo de manera parcial a la solicitud de asistencia, por ello mediante resolución del 29-VI-2017 se trasladó dicha documentación a la Fiscalía General de la República.

En tercer lugar, el F. General de la República y Jefe del Ministerio Público de Guatemala en funciones responde de manera definitiva a la solicitud de asistencia planteada proporcionando documentación certificada de las diligencias realizadas; por ello, se estima procedente su traslado a la Fiscalía General de la República, para que actúe conforme al propósito de su petición.

Por lo antes expuesto y con base en lo regulado en los artículos 182 atribución de la Constitución de la República, esta Corte

RESUELVE:

  1. Remítase a la Fiscalía General de la República, la documentación que procede del Ministerio Público de Guatemala, junto con certificación de este proveído.

  2. Certifíquese la presente resolución y remítase al Ministerio Público de Guatemala, para hacerle saber la recepción de la documentación y el trámite que se dará a la misma. Dicha remisión se ejecutará por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores, y a éste, por conducto del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública. CÚMPLASE

D. L. R. GALINDO.----------J.R.A..---------L. R. MURCIA.---------DUEÑAS.---------P.V.C.---------S. L. RIV. M..----------PRONUNCIADO POR LOS

MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.---------S.R.A..---------SRIA.--------RUBRICADAS.

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