Sentencia nº 177-2017 de Sala de Lo Contencioso Administrativo, Corte Suprema de Justicia, 9 de Junio de 2017

Fecha de Resolución 9 de Junio de 2017
EmisorSala de Lo Contencioso Administrativo
Número de Sentencia177-2017
Sentido del FalloDESISTIMIENTO
Tipo de ResoluciónInterlocutorias - Desistimientos

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las nueve horas treinta minutos del día nueve de junio de dos mil diecisiete.

El quince de mayo de dos mil diecisiete, se presentaron dos escritos firmados por los licenciados O.A.C.A. y J.R.M.Z., en calidad de apoderados generales y especiales judiciales, respectivamente,— de la sociedad SIGMA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se puede abreviar SIGMA, S.A. DE C.V., por medio del primero interponen demanda contencioso administrativa en contra de la jefe del departamento de registro tributario y el concejo municipal, ambos del municipio de Soyapango, departamento de San Salvador; y con el segundo, solicitan que sea modificada la demanda.

El dos de junio de dos mil diecisiete, se recibió escrito firmado por los licenciados O.A.C.A. y J.R.M.Z., en la calidad antes relacionada, mediante el cual manifiestan que por expresas instrucciones de su representada desisten del proceso contencioso administrativo incoado en contra de la referida autoridad.

Al respecto, es oportuno señalar que efectivamente el artículo 40 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, regula otras causas de terminación del proceso contencioso administrativo diferentes a la sentencia definitiva. Así, en el literal b) del citado artículo se establece el desistimiento del actor, “sin que sea necesario la aceptación del demandado”. En consecuencia, es procedente acceder a lo solicitado por los apoderados generales de la sociedad demandante y declarar la terminación anticipada del presente proceso.

Con base en lo anterior, esta S.

RESUELVE:

  1. Tener por presentada la demanda contencioso administrativa interpuesta por la sociedad SIGMA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se puede abreviar SIGMA, S.A. DE C.V., por medio de los licenciados O.A.C.A. y J.R.M.Z., en calidad de apoderados generales y especiales judiciales, respectivamente, contra la jefe del departamento de registro tributario y el concejo municipal, ambos del municipio de Soyapango, departamento de San Salvador

  2. Tener por desistida la pretensión contencioso administrativa ejercida por la sociedad SIGMA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se puede abreviar SIGMA,

    M.Z., en calidad de apoderados generales y especiales judiciales, respectivamente, contra la jefe del departamento de registro tributario y el concejo municipal, ambos del municipio de Soyapango, departamento de San Salvador y en consecuencia:

    1. Se declara terminado de forma anticipada el presente proceso.

    2. No hay especial condenación en costas

    3. Archivar el presente proceso.

  3. Tomar nota del lugar señalado a folio 9 vuelto para recibir notificaciones, así como de la persona comisionada para tal efecto.

    NOTIFÍQUESE.-

    DUEÑAS------------P.V.C.------- S. L. RIV. MARQUEZ---------SANDRA

    CHICAS------PRONUNCIADO POR LAS SEÑORAS MAGISTRADAS Y EL SEÑOR

    MAGISTRADO QUE LO SUSCRIBEN.- ------ M.B.A.------ SRIA.----------RUBRICADAS.

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