Sentencia nº 36-2008 de Sala de Lo Contencioso Administrativo, Corte Suprema de Justicia, 21 de Abril de 2017

Fecha de Resolución21 de Abril de 2017
EmisorSala de Lo Contencioso Administrativo
Número de Sentencia36-2008
Sentido del FalloDESISTIMIENTO
Tipo de ResoluciónInterlocutorias - Desistimientos

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA; San Salvador, a las catorce horas con quince minutos del veintiuno de junio de dos mil diecisiete.

El veinte de abril de dos mil diecisiete (folio 263), se presentó escrito firmado por la licenciada T.M.V.L., en calidad de apoderada general judicial con cláusulas especiales, junto con los documentos con los que legitima su personería. Solicita se tenga por desistido del presente proceso. Señala lugar y medio técnico para recibir notificaciones y comisiona a la señorita D.L.Q.A. para tal efecto.

  1. En relación a la solicitud de la parte actora, la disposición que regula el desistimiento, artículo 40 literal b) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, no requiere la aceptación de las autoridades demandadas. Dicha situación, trae como consecuencia que el objeto del presente proceso contencioso administrativo se vea afectado, sin que esta Sala emita un pronunciamiento sobre el fondo del asunto; por consiguiente, es procedente acceder a lo solicitado.

  2. De conformidad a lo establecido en el artículo 40 literal b) de la Ley de la

Jurisdicción Contencioso Administrativa, esta S.

RESUELVE:

1) Por actualizada la personería con que actúa la licenciada T.M.V.L., en calidad de apoderada general judicial con cláusulas especiales de la sociedad FERTILIZANTES DE CENTROAMERICA (EL SALVADOR), SOCIEDAD ANÓNIMA, que se abrevia FERTICA (EL SALVADOR), S.A. Por agregada la documentación de folios 265-268.

2) Tener por desistida la pretensión contencioso administrativa iniciada por la Sociedad FERTILIZANTES DE CENTROAMERICA (EL SALVADOR); SOCIEDAD ANÓNIMA, que se abrevia FERTICA (EL SALVADOR), S.A., por medio de su apoderada general judicial, licenciada T.M.V.L..

3) Se declara terminado el presente proceso;

4) No hay especial condenación en costas;

5) Se ordena a la Secretaría de esta Sala, devolver el expediente administrativo a su respectiva oficina de origen; y

6) Archivar el presente proceso.

N..-

CHICAS ------------PRONUNCIADO POR LAS SEÑORAS MAGISTRADAS Y EL SEÑOR

MAGISTRADO QUE LO SUSCRIBEN.-------M.B.A.------SRIA.----------RUBRICADAS.-

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