Sentencia nº 236-U-2-16 de Tribunal Segundo de Sentencia de Santa Ana, 11 de Agosto de 2016

Fecha de Resolución11 de Agosto de 2016
EmisorTribunal Segundo de Sentencia de Santa Ana
Número de Sentencia236-U-2-16
Sentido del FalloABSOLUTORIA

TRIBUNAL SEGUNDO DE SENTENCIA: S.A., a las once horas con quince minutos del día once de agosto del dos mil dieciséis.- Causa No. 236-U.2/16, seguida contra: 1.- JULIO C.M.C. , de diecinueve años de edad, nació el siete de mayo de mil novecientos noventa y siete, en Chalchuapa, ayudante de albañil, salvadoreño, residente en colonia [...], polígono [...] casa número [...], Chalchuapa, soltero, hijo de [...] y de [...] y 2.- D.E.A. , de treinta años de edad, nació el doce de junio de mil novecientos ochenta y dos, en Concepción de Ataco, Ahuachapán, albañil, salvadoreño, residente en colonia [...], cantón [...], casa número […], Chalchuapa, acompañado con [...]; hijo de [...] y de [...]; procesados por el delito de DISPARO DE ARMA DE FUEGO , previsto y sancionado en el artículo147-A del Código Penal en perjuicio de la vida e integridad de las víctimas: 1. A.O.M.A., 2. J.N.O.Z., 3. W.G.P.M. y 4. N.D.J.R.V., mencionado como

N.D.J.R.R. .-

La Vista Pública fue presidida por el H.J.G.L.D., según lo establecido en el artículo 53 I. último del Código Procesal Penal. Intervinieron en el proceso como fiscal el licenciado A.F.B.C., como defensora pública la licenciada M.A.C.O., (del imputado J.C.M.C.) y como defensora particular la licenciada M. delC.M. (del imputado D.E.A.).

HECHOS SOMETIDOS A JUICIO

  1. Se presentó escrito de acusación ante el Juzgado de Instrucción de Chalchuapa, contra

    J.C.M.C. y D.E.A. por los siguientes hechos:

    El viernes veintiséis de febrero del dos mil dieciséis como a eso de las diecinueve horas con cincuenta minutos, en momentos que el agente de la Policía Nacional Civil, J.N.O.Z. y los soldados N.D.J.R.R., W.G.P.M. y A.O.M.A. , efectuaban patrullaje preventivo a pie en su sector de responsabilidad cerca de la colonia san J. cantón [...], Chalchuapa, se les apersonó una persona quien por temor no quiso identificarse y les manifestó que en el pasaje de abajo de donde queda la tercera cantera, había un grupo de sujetos de la mara MS, los cuales estaban reunidos y armados, por lo que el agente con los soldados inmediatamente salen a verificar dicha información y efectivamente al llegar observan a un grupo de ocho sujetos a quienes les mandan los comandos verbales de alto policía, pero dichos sujetos al observar la presencia policial y a los

    comienzan a disparar contra el agente y los soldados, los cuales ante la acción de los sujetos se ven obligados a responder al fuego disparando también ellos sus armas y momentos después logran observar que dos de los sujetos están escondidos tirados en el suelo de unos lotes del lugar, por lo que se acercan y logran neutralizarlos, por lo que proceden a la detención de dichos sujetos por los delitos de HOMICIDIO IMPERFECTO O TENTADO, observando que uno de los sujetos tenía una lesión en la rodilla y que frente a dicho lote en la maleza estaba tirada en el suela una escopeta de fabricación artesanal, con un casquillo en su interior y un cartucho de plástico color rojo que se lee WÍNCHESTER, por lo que dicho sujeto fue llevado al hospital y la escopeta fue recolectada por la División Policía Técnica y Científica para su respectiva experticia, haciéndole saber a dichos sujetos los derechos que les confieren la ley.

  2. - Los anteriores hechos fueron calificados por el Juez Instructor como Disparo de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo147-A del Código Penal, señalándose la audiencia de Vista Pública por el delito que acusara la representación fiscal y llegado el día y hora de la Vista Pública se les preguntó a las partes procesales si estaban preparadas para ejercer sus respectivos roles, expresando que sí, luego se verificó la presencia del perito y de los testigos citados y se abrió la Vista Publica de conformidad con el artículo 380 del Código Procesal Penal.-

    III.-FASE DE INCIDENTES : Los incidentes planteados por las partes procesales se resolvieron en Vista Pública tal y como consta en la respectiva acta de Vista Pública.

  3. DECLARACIÓN INDAGATORIA : El imputado J.C.M.C., se abstuvo a rendirla en vista pública; por lo que únicamente se le...

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