Sentencia nº 103Z-3A3-16 de Tribunal de Sentencia de Zacatecoluca, la Paz, 31 de Agosto de 2016

Fecha de Resolución31 de Agosto de 2016
EmisorTribunal de Sentencia de Zacatecoluca, la Paz
Número de Sentencia103Z-3A3-16
Sentido del FalloCONDENATORIA

TRIBUNAL DE SENTENCIA: Zacatecoluca, La Paz, a las doce horas con quince minutos del treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis.- Sentencia dictada en la causa número 103Z-3A3-16, promovida en contra de J.R.D.C. y

N.G.C.C. , el primero de veinticuatro años de edad, casado, estudiante, originario de S.A., residente en Avenida [...], casa número […], Chalchuapa, Departamento de S.A., hijo de [...] y [...]; y el segundo de cuarenta años de edad, casado, comerciante, originario de Atiquizaya, departamento de Ahuachapán, residente en [...], número […], Chalchuapa, departamento de S.A., hijo de [...] y [...], ambos por el delito calificado provisionalmente como POSESION Y TENENCIA , tipificado y sancionado en el artículo treinta y cuatro Inc. 2 de la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas, en perjuicio de LA SALUD PUBLICA .

La presente causa fue remitida para su cocimiento del Juzgado de Primera Instancia de S.P.M. y según el artículo 53 Pr. Pn., corresponde conocer este tipo de delitos en la fase plenaria a uno de los Jueces que componen el Tribunal de Sentencia, por ser delitos excluidos del conocimiento del Jurado y del Tribunal Colegiado.

La vista pública se realizó con la inmediación y presidida por el J.A.E.A.O.. Participaron A.D.M., como agente auxiliar del F. General de la República y el A.J.C.Z.S., como defensor particular del inculpado.

  1. DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS Y CALIFICACIÓN JURÍDICA.

    1. DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS:

    El hecho por el cual sometido a conocimiento del Tribunal y manifestados por la representación fiscal se inician: “La Fiscalía General de la República, acusó a los imputados J.R.D. y N.G.C., por el siguiente hecho: “Los hechos sucedieron a eso de las veintiuna horas del día dieciocho de agosto de dos mil quince, momentos en que los agentes policiales antinarcóticos M.

    A. R. P., Y.E.M.C. y N.N.C.C., se encontraban realizando un control vehicular en el kilómetro cincuenta y siete carretera Costa del Sol, a la altura del Cantón y Caserío [...] de la jurisdicción de S.P.M., del departamento de la Paz, y fue a eso de las veintidós horas con treinta minutos que observaban un vehículo que circulaba de orienta a poniente con rumbo a san salvador y decidieron hacerle la señal de alto con el objeto de realizarle registro al

    R.P. observó que en el automotor se transportaban cuatro señores, observando también que las placas del vehículo son placas particulares [...] marca Toyota, modelo Hilux, color gris oscuro, año dos mil quince, clase pick up, 4X4, tipo cabina doble, conducido por el señor J.R.D.C., propietario del mismo, quien presento su tarjeta de circulación del vehículo en mención y su licencia de conducir, a la vez se les manifestó que se bajaran del mismo ya que se les realizaría una requisa personal y registro al vehículo, estando los cuatro sujetos a la orilla de la calzada, el agente R.P., observó que uno de ellos lanzó dos objetos al suelo, que llevaba en su mano izquierda y cayendo a la orilla de la calzada al lado derecho y el agente R.P. al ver tal actitud procedió a verificar los objetos siendo el primero UNA BOLSA PLASTICA TRANSPARENTE ANUDADA Y EN SU INTERIOR TIENE DOS PORCIONES PEQUEÑAS DE POLVO BLANCO, CADA UNA EN EL INTERIOR DE LA BOLSA PLÁSTICA TRANSPARENTE ANUDADA y al verificar el otro objeto constato que es UNA PORCION PEQUEÑA DE MATERIAL VEGETAL CON CIERRE HERMETICO, dejándolas en el lugar donde se encontraban, luego procede a requisar al mismo sujeto que lanzó lo anterior y le encontró a la altura de la cintura lado derecho UNA PISTOLA, marca Beretta, calibre cuarenta milímetros, pavón y cacha color negro, con serie número PY ciento treinta mil setecientos cuarenta y uno, con un cargador con once cartuchos para la misma, y además portaba DOS TELEFONOS CELULARES, uno marca B., uno color negro y gris y el otro color negro, los que llevaba en la bolsa delantera izquierda y la cantidad y la cantidad de CIENTO SESENTA Y OCHO DOLARES AMERICANOS, en billetes de diferentes denominaciones y monedas de a dólar, los que portaba en la bolsa izquierda trasera del pantalón que vestía dicho señor, al identificarlo por medio de su Documento Único responde al nombre de N.G.C.C., seguidamente se procede a requisar al otro señor siendo el conductor del vehículo, quien portaba DOS TELEFONOS CELULARES, uno marca B. color negro con plateado y el otro Iphone color gris, los que portaba en la bolsa derecha del pantalón que vestía y de la misma bolsa se le encontró la cantidad de MIL SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE DOLARES AMERICANOS, siendo la cantidad de ochenta y nueve billetes de la denominación de veinte dólares, uno de cinco dólares y cuatro de dólar, y en ese momento manifestó dicho sujeto que en el interior del vehículo tenía una bolsa amarilla conteniendo dinero y dos armas de fuego, por lo que al agente R.P., se dirige al vehículo para constatar lo dicho por el referido señor encontrando

    fueron contabilizados en presencia del señor D., haciendo la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, siendo la cantidad de cien billetes de la denominación de veinte dólares, seguidamente del interior del mismo vehículo encontró las dos armas de fuego siendo el primero un Fusil marca SAR GALIL, serie noventa veintidós ocho, calibre cinco punto cincuenta y seis pleca doscientos veintitrés, modelo trescientos sesenta y cinco, y un cargador con treinta y un cartuchos y uno en recamara haciendo un total de treinta y tres cartuchos para el mismo, del cual presentó un permiso legal de portación y una PISTOLA, marca GLOCK, SERIE EXTERNA AAMR, seiscientos setenta y cinco, calibre cuarenta milímetros, pavón color negro, deteriorado, cacha de baquelita color negro, deteriorado, con un cargador con quince cartuchos para la misma de la cual presentó la matrícula y licencia para portación de arma a nombre de J.R.D.C., número [...], y autorización de portación de arma a nombre del referido señor, otorgado por el señor [...], a favor del señor J.R.D.C., y al ser identificado mostro su Documento Único de Identidad donde aparece llamarse J.R.D.C., siendo el agente M.P., quien procedió a realizar las coordinaciones para que al lugar se hiciera presente una comisión de la División de Armas y Explosivos y además coordinó a la División Antinarcóticos para que se hiciera presente personal y técnico consistente en un técnico de ION SCAN, operador del Equipo MNTD, específico para realizar búsqueda de trazas se sustancias ilícitas como Drogas, así mismo el agente R.P. procedió a realizar prueba de campo al polvo blanco en presencia de los señores C.C. y D.C., la cual dio POSITIVO CON ORIENTACION A COCAINA, después procedió a realizar prueba de campo a la porción de material vegetal, la cual dio POSITIVO CON ORIENTACION A MARIHUANA; a eso de las cero una horas se hacen presentes al lugar una comisión de la División de Armas y Explosivos de San Salvador, formada por el cabo A. A. y el agente C.C.H., con el objeto de verificar las armas que fueron encontradas, según valoración realizada solamente emitieron una boleta de decomiso de arma conocida como esquela, y el agente A.P., técnico en ION SCAN, operador del equipo MNTD, para realizar búsqueda de trazas de sustancias ilícitas en el referido vehículo y diversos objetos realizando dieciocho frotados, dándole como resultado TRES POSITIVOS CON ORIENTACION A ANFETAMINAS, uno en la palanca de velocidades, otro en el espejo retrovisor interno y el ultimo en el interior de la guantera ubicada al lado derecho del conductor, quedándose el agente R.P. con la cadena de la custodia de las evidencias, para luego entregarlas

    el lugar no había alumbrado eléctrico y por no tener las medidas de seguridad tanto para los agentes policiales como las dos personas mencionadas se decidió en trasladarse a las instalaciones de la División Antinarcóticos para finalizar el procedimiento, tomando la custodia de lo anterior el agente R.P., ya que en la división procedió a clasificar las evidencias de la siguiente forma: como evidencia número UNO, LAS DOS PORCIONES PEQUEÑAS DE POLVO BLANCO, incautadas al señor C.C., como evidencia DOS, la porción pequeña de material vegetal, incautada al mismo señor C.C., como evidencia número TRES, un Pistola marca B., calibre cuarenta milímetros, pavón y cacha color negro, con serie número PY, ciento treinta mil setecientos cuarenta y uno, con un cargador con once cartuchos para la misma, incautadas al señor C.C.; como evidencia número CUATRO, DOS TELEFONOS CELULARES, ambos marca B., uno color negro y gris y el otro color negro, recolectados de la bolsa delantera izquierda; como evidencia número CINCO; CIENTO SESENTA Y OCHO DOLARES AMERICANOS, en billetes de diferentes denominaciones y monedas de un dólar recolectados de la bolsa izquierda trasera del pantalón que viste el señor C.C., los cuales son embalados en bolsa de seguridad número GG ochenta y cinco cincuenta y cinco ochenta y nueve diecinueve; como evidencia número SEIS; una licencia para uso de arma de fuego número [...] a nombre de N. G.

    C. C., y una matrícula de la pistola Beretta calibre cuarenta milímetros serie número PY ciento treinta mil setecientos cuarenta y uno, en calidad de propietario, recolectados de la billetera del señor C.C., como evidencia número SIETE; DOS TELEFONOS CELULARES, uno marca B., color negro y plateado, el otro marca Iphone, color blanco y plateado, recolectado de la bolsa delantera derecha del pantalón que viste del señor D.C., como evidencia número OCHO, MIL SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, embalados en bolsa de seguridad número GG ochenta y cinco cincuenta y cuatro ochenta quince, recolectados de la bolsa derecha del pantalón del señor D.C., como evidencia NUEVE; UNA LICENCIA DE PORTACION DE ARMA DE FUEGO, número veintitrés sesenta setenta cero uno, a nombre de J.R.D.C., recolectada de la billetera del mismo señor, seguidamente el agente R.P., procedió al registro del vehículo en mención...

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