Sentencia nº U-178-07-2016 de Tribunal de Sentencia de Usulutan, 12 de Septiembre de 2016

Número de resoluciónU-178-07-2016
Fecha12 Septiembre 2016
EmisorTribunal de Sentencia de Usulutan

TRIBUNAL DE SENTENCIA : Usulután, a las ocho horas del día doce de septiembre del dos mil dieciséis.

Causa Penal número U-178-07-2016-3, instruida contra los imputados: 1) J.Y.D.I., alias "[...]", quién al ser identificado manifestó ser de veintiséis años de edad, soltero, agricultor, residente en Colonia […], Cantón […], jurisdicción de […], Usulután, nació en […], Usulután, el día nueve de octubre de mil novecientos ochenta y nueve, hijo de P.

  1. I. S. y S.M.D. , con nivel de escolaridad de segundo año de Bachillerato ; 2) JULIO B.M.R., alias "[...]", quién al ser identificado manifestó ser de veintiséis años de edad, soltero, agricultor, residente en Barrio […], de […], Usulután, nació en […], Usulután, el día diecinueve de mayo de mil novecientos ochenta y nueve, hijo de J.A.M.G. y M.P.R. , con nivel de escolaridad de noveno grado ; 3) O.D.B.F., alias "[...]", quién al ser identificado manifestó ser de veintitrés años de edad, soltero, agricultor, nació en […], Usulután, el día cinco de noviembre del año mil novecientos noventa y tres, hijo de J.C.B. y de M.P.F., residente en Barrio […], de […], Usulután, con nivel de escolaridad de séptimo grado ; 4) M.B.L.C., alias "[...]", quién al ser identificado manifestó ser de veinticuatro años de edad, soltero, agricultor, residente en Colonia […], Cantón […], jurisdicción de […], Usulután, nació en […], Usulután, el día veintiuno de febrero de mil novecientos noventa y dos, hijo de A.L.H. y R.C., con nivel de escolaridad de noveno grado; 5) LUIS ALONSO A.

    M., alias "[...]", quién al ser identificado manifestó ser de veintiséis años de edad, acompañado con N.E.C.M., jornalero, nació en […], el día tres de junio de mil novecientos noventa, residente en Cantón […], […], Usulután, hijo de H.R.A. y R.L.M.Z., con nivel de escolaridad de sexto grado; 6) V.A.V.Q., alias "[...]", quién al ser identificado manifestó ser de veintitrés años de edad, soltero, pescador, nació el día nueve de septiembre de mil novecientos noventa y tres, en […], Usulután, residente en Barrio […], de […], Usulután, hijo de

    J.Q.C. y M.C.V., con nivel de escolaridad de octavo grado ; 7) N.A.C.M., Alias "[...]", quién al ser identificado manifestó ser de veinticinco años de edad, soltero, agricultor y ayudante de albañil, nació en […], Usulután, el día nueve de marzo de mil novecientos noventa y dos, residente en […], Cantón […], jurisdicción de […], Usulután, hijo de

    A.C. y M.M.M.M., con nivel de escolaridad de cuarto grado ; 8) E.G.R.L.,

    Agricultor, nació en […], el catorce de octubre no recordando el año, residente en Cantón […], Colonia […], jurisdicción de […], Usulután, hijo de M.R.L., con nivel de escolaridad de noveno grado; 9) F.I.S.G., alias “[...] o [...]”, quién al ser edificado manifestó ser de veinte años de edad, soltero, Agricultor, residente en Cantón […], jurisdicción de […], Usulután, hijo de J.A.S. y Y.E.G.C., con nivel de escolaridad de primer año de bachillerato ; 10) M.A.P.S., alias “[...]”, quién al ser identificada manifestó ser de veinte años de edad, soltera, nació en […] el veintiuno de noviembre de mil novecientos noventa y cinco, residente en Caserío […], Cantón […], jurisdicción de […], hija de M.P.S. y L.P.C., B. ;

    11) V.M.M., alias “[...]”, quién al ser identificado manifestó ser de treinta y tres años, acompañado con E.J.A.Z., mecánico y albañil, nació en […], Usulután, el día quince de Abril de mil novecientos ochenta y tres, hijo de A.C.M. y O.G., con nivel de escolaridad de séptimo grado y 12) S.A.C.I., alias “[...]”, quién al ser identificado manifestó ser de veintidós años de edad, soltero, estudiante, nació en […], el día veintiuno de Julio de mil novecientos noventa y tres, residente en Barrio […], Colonia […], jurisdicción de […], Usulután, hijo de S.E.C.A. y A.V.I., con nivel de escolaridad de noveno grado; los primeros cinco imputados procesados por el delito de HOMICIDIO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Art. 128 en relación con el Art. 129 No. 3 y 7 del Código Penal, en perjuicio de J.A.M.G., Alias "[...]"; los imputados JULIO B.M.R., y OSCAR DANIEL

  2. F., procesados por el delito de HOMICIDIO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Art. 128 en relación con el Art. 129 No. 3 y 7 del Código Penal, en perjuicio de JOSUÉ JEREMÍAS

  3. M., alias “[...]” . Y todos los imputados procesados por el delito de AGRUPACIONES ILÍCITAS, previsto y sancionado en el Art. 345 derogado del Código Penal, en perjuicio de LA PAZ PÚBLICA.

    Audiencia de Vista Pública del conocimiento del Tribunal en Pleno, integrado por los J.L.H.N.G.G., C.Y.P. CALLEJAS, M.G.P.G. . Actuaron como representantes de la F. General de la República, los L.M.J.P.C., K.M.H.D.A., y J.L.H.M. ; y como Defensora Pública de los imputados, J.Y.D.I., Mauricio

    M., la Licenciada C.C.D.A. ; como Defensores Particulares de los imputados N.A.C.M. y E.G.R.L., el L.O.M.C. ; como Defensor Particular de los imputados F.I.S.G. y V.M.M., el Licenciado J.J.Z.R.; como Defensor Particular de la imputada M.A.P.S. , el Licenciado JOSE L.S.; y como Defensor Particular del imputado S.A.C.I., el Licenciado L.L.D..

    R E S U L T A N D O:

    Que la Fiscalía, conforme al Art. 356 del Código Procesal Penal, presentó acusación contra los imputados J.Y.D.I., J.B.M.R., O.D.B.F., M.B.L.C., L.A.A.M., V.A.V.Q., N.A.C.M., E.G.R.L., F.I.S.G., M.A.P.S., V.M.M., y S.A.C.I., por los hechos siguientes:

    PRIMER HECHO: CASO DE AGRUPACIONES ILÍCITAS; ATRIBUIDO A LOS IMPUTADOS J.Y.D.I., JULIO B.M.R., OSCAR DANIEL B.

    F., M.B.L.C., L.A.A.M., V.A.V.Q., N.A.C.M., E.G.R.L., F.I.S.G., M.A.P.S., V.M.M., Y S.A.C.I.

    En el departamento de Usulután, la presencia de la pandilla MS se ha establecido a través de una estructura jerarquizada que se dedica a cometer actos ilícitos en diferentes zonas del departamento, es así que la distribución jerárquica comprende desde la creación de una organización de la cual se desprenden varias células o clicas (lo que se le conoce como programa), y ésas clicas están compuestas por varios miembros que tienen un rol específico de mando, mientras que otros de subordinación. Es así que el testigo criteriado y protegido clave "SAN BENITO", expresa que desde finales de diciembre del año dos mil trece y el año dos mil catorce, realizó función de "Chequeo" en la Clica Ganster Locotes (GLS), de la MARA SALVATRUCHA, clica que tienen su centro de Operaciones en el Barrio El Calvario y Cantón

    Usulután, que esta clica es originaria de la Colonia Santa Lucia, Ilopango, pero opera en el sector, así mismo, ese sector también es cancha de la clica N.L. también de la mara salvatrucha, con quien en ningún momento ha habido problemas de territorio por ser siempre de la misma mara. Que inició en la M.S. desde el día veintisiete del mes de Diciembre del año dos mil trece, hasta esta fecha, que aún no había sido brincado, siendo un "Chequeo", en observación, para ser "Homeboy". El día veintisiete del mes de Diciembre del año dos mil trece en momentos que el testigo caminaba por las calles de la Ciudad de M.U., le salió al paso un sujeto a quien conoce por los Alias de "[...] o [...]", quién es miembro activo de la Estructura Criminal conocida como M.S., de la clica G.L., y le dijo que si quería pertenecer a la mara y el testigo le dijo que sí; fue en ese momento que "[...] o [...]" le dijo que se fueran al Barrio El Calvario y ambos salieron a dicho lugar y cuando llegaron a donde está un árbol de mangos estaban cinco sujetos a quienes conoce por los Alias siguientes: "[...]", "[...]", "[...]" a quien también conoce por el nombre de F.G.F.", Cuatro "[...]" y "[...]", y como llegaron el testigo y "[...] o [...]", hacían un total de siete sujetos; cuando estaban en dicho lugar "[...]" recibió una llamada telefónica de parte de un sujeto a quien conoce por el Alias de "[...]", y "[...]" puso en altavoz el teléfono para que él escuchara las reglas que "[...]" le iba a decir y dijo lo siguiente: "Que a partir de este momento iba a ser "Paro" de la Mara Salvatrucha, pero que podía seguir escalando, para llegar a ser miembro en propiedad (Homeboy) de la Mara Salvatrucha, ya que antes de eso solo seria "Paro"; que para llegar a la función de H. de una clica de la Mara Salvatrucha se deben de cumplir ciertos requisitos, en primer lugar se deben de matar a varias personas que por lo general deben de ser pandilleros o enemigos de la mara, ya sean testigos o informantes de la Policía, o informantes de la pandilla contraria; las reglas dentro de la Mara Salvatrucha las deben cumplir todos los miembros de la Mara sin importar la función que tengan en la misma y son las siguientes: Uno, no matar H., porque se considera que es la misma sangre de la Mara que están derramando; Dos, no robarle dinero ni armas a la pandilla; Tres, no violar mujeres ni mucho menos niños; Cuatro, respetar a la familia de los Homeboy; Cinco, obedecer todo lo que se ordena a nivel de la pandilla; Seis, no pueden tomar licor; Siete, no consumir otro tipo de droga que no sea marihuana o cigarrillos; Ocho, No matar civiles (Persona ajenas a la mara); Nueve Para tintiarse (Hacerse Tatuajes) lo pueden hacer si se lo merecen, según el tiempo y lo que ha hecho, pero además debe

    sirve más andar sin tatuajes, pues a través de estos los pueden identificar y las personas sienten más temor al verlos tatuados y pueden dar aviso a los policías; estos requisitos son exigidos tanto para las mujeres como para los hombres sin importar la edad, lo único que quien decide cuándo van a cambiar de fase es el corredor de la clica o el que anda liderando afuera. Las consecuencias de irrespetar esas reglas pueden ir desde "corregidas", hasta quitarle la vida a la persona que ha irrespetado las reglas, las "corregidas” s on similares a las brincadas, pero hay tres tipos de corregidas, la normal es solo golpes con los puños, la siguiente consiste en golpearlo con los puños y trece batazos con un palo o "garrote", y la corregida más grave, es cuando además de los puños y los batazos se les quitan...

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