Sentencia nº 186-2-2016 de Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador, 12 de Septiembre de 2016

Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2016
EmisorTribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador
Número de Sentencia186-2-2016
Sentido del FalloCONDENATORIA

TRIBUNAL CUARTO DE SENTENCIA : San Salvador, a las catorce horas del doce de septiembre de dos mil dieciséis.

Visto en Juicio Oral y Público el Proceso Penal Referencia 186-2-2016 que se ha seguido en contra del señor SANTOS TOMAS A. de cuarenta y ocho años de edad, casado con [...], empleado, nació en Jocoaitique, M., el dieciocho de septiembre de mil novecientos sesenta y siete, hijo de [...] y [...] (fallecido), residente en Barrio [...], pasaje [...], de [...], Ahuachapán; por atribuírsele la comisión del ilícito penal calificado definitivamente como LESIONES CULPOSAS , previsto y sancionado en el Art. 146 CPn., en perjuicio de CARLOS ROBERTO

M. A.

La Vista Pública ha sido dirigida por el H.J.M.E.T.M. , en calidad de J.D., conforme a lo establecido en el Art. 53 Inc. CPP., por lo que la ponencia integral de la presente Sentencia se encuentra a su cargo.

Durante el desarrollo de la Audiencia de Juicio intervinieron las partes siguientes: Como Agente Auxiliar del Fiscal General de la República, el Licenciado E.U.H.E. ; y como Defensores Particulares, los L.G.D.J.C.M. y R.A.M.T. , abogados y del domicilio de San Salvador.

HECHOS ACUSADOS

Según informe policial suscrito por el agente B.W.C.M., adscrito al departamento de Tránsito de San Marcos, a las diez horas del diez de julio del dos quince, aproximadamente en el Kilómetro 17 ½ de la autopista que desde San Salvador conduce hacia Comalapa frente a la Gasolinera Alba de Santo Tomas, el señor C.R.M.A. conductor del vehículo placas [...], marca Mitsubishi Modelo L300, año 2006, color blanco, tipo microbús, se conducía sobre la autopista a Comalapa en la dirección citada frente a la Gasolinera Alba, en el sentido de Norte a Sur, carril izquierdo, en línea recta en una velocidad inadecuada y sin guardar la distancia de Seguridad Reglamentaria, con el vehículo que le antecede vehículo placas [...], tipo Pick Up,

Tomas A..

Sin embargo, en el transcurso de la investigación y de acuerdo a versiones de testigos presenciales del accidente, los hechos sucedieron de la siguiente manera: el conductor del vehículo placas [...], tipo Pick Up, marca Mazda, modelo BT 50, año dos mil quince, color rojo, el cual era conducido por el señor S.T.A., salió de la Gasolinera Alba, ubicada en frente donde ocurrió el percance, se incorporó de forma sesgada a la Autopista que de San Salvador conduce hacia Comalapa, llegando hasta el carril izquierdo de la misma, y cuando ya se encontraba en dicho carril disminuye la velocidad ya que el otro vehículo placas [...], M.M., modelo BT 50, año dos mil quince, color gris, tipo Pick Up, conducido por el señor R. P.

F., también disminuye velocidad, fue en ese momento en que el conductor C.R.M.A., colisionó con la parte frontal de su vehículo con el vehículo conducido por el señor Santos Tomas

A., quien de forma imprudente invadió el carril izquierdo por donde circulaba el señor C.R.M.A..

Del impacto el segundo vehículo colisionó con la parte delantera en la parte trasera del tercer vehículo conducido por el señor R.P.F., infringiendo el señor Santos Tomas A. los Artículos 98 numeral 2, 106 y 165 del Reglamento General de Transito y Seguridad Vial, resultando daños materiales en los vehículos y lesionado el señor C.R.M.A., razón por el cual se envió al Instituto de Medicina Legal, a fin de que le reconocieran las lesiones que presentaba, y al examinarle la Dra. N. de E., dictaminó que éstas sanarán en el término de noventa días, con tratamiento médico, a partir del hecho, salvo complicaciones.

PRUEBA PRODUCIDA EN JUICIO

PRUEBA TESTIMONIAL :

1) C.R.M.A.: quien a preguntas de la R.F. dijo: “Que trabajaba para la empresa Aeroget de El Salvador, recuerda un accidente de tránsito ocurrido el diez de julio de dos mil quince, el accidente ocurrió en el kilómetro diecisiete de la Autopista que conduce de San Salvador al Aeropuerto, a la altura de Santo Tomas, cerca de una Gasolinera Alba, recuerda que el accidente de tránsito fue entre las nueve y las diez de la mañana, circulaba de San Salvador hacia el Aeropuerto de Comalapa, ese día conducía un microbús

izquierdo hacia el Aeropuerto, a una velocidad de 78 km/h, antes de llegar a la Gasolinera Alba hay una vuelta y observa a dos vehículos que salen de la gasolinera y se incorporan al carril derecho, continuó en su carril izquierdo, los visualiza aproximadamente a unos diez o quince metros, de repente los dos vehículos invaden el carril izquierdo en una velocidad moderada a una distancia de cinco metros, cuando estos dos vehículos lo invaden, y por la velocidad a la que se conducía realiza una maniobra defensiva para tratar de esquivar el golpe, la maniobra consistió en realizar un giro hacia la izquierda para que el golpe no fuera frontal con el otro vehículo, además de esa maniobra utilizó los frenos pero como la distancia era corta no ayudó en nada, así que realizó el giro y debido a ese giro el vehículo colisionó la parte izquierda del otro vehículo, debido al golpe la parte delantera del microbús como no tenía defensa impactó en su cuerpo, el tablero del microbús lo impactó en el cuerpo, el pedal del freno quedo incrustado en la pierna derecha, y quedó atrapado en el interior del vehículo, fue auxiliado por personas que estaban en el lugar, las personas lo sacaron de donde estaba atrapado y lo colocaron a un lado del microbús mientras llegaba la ambulancia, uno de los dos vehículos era conducido por el señor T. y del golpe colisionó con el otro vehículo que iba delante de él, hasta ese momento no había observado al señor T., después del accidente lo trasladaron en ambulancia de la Cruz Verde al Hospital General del Seguro Social, permaneció hospitalizado un mes con cinco días, entre el diagnóstico habían fracturas de tibia, peroné y heridas con golpes, el salario que devengaba diario en la empresa que laboraba era quince dólares, tiene conocimiento que la velocidad máxima con la que debe conducir en la Autopista es de noventa kilómetros por hora.”.

A preguntas de la Defensa Técnica dijo: “cuando observó a los dos vehículos, conducía a una velocidad de setenta a ochenta kilómetros por hora, las lesiones fueron en las dos piernas, para minimizar el golpe y por la corta distancia en la que invadieron el carril optó por girar a la izquierda, impactándole a la parte izquierda del otro vehículo, el impacto no fue frontal, fue a un lado del vehículo.”

A preguntas aclaratorias del S.J. dijo: “la Gasolinera se encuentra al lado derecho del Autopista que de San Salvador conduce al Aeropuerto, los dos vehículos salen de la Gasolinera, ellos ingresaron al carril derecho, iba detrás de los vehículos, es decir observó cuando éstos salieron de la Gasolinera y se incorporaron al carril derecho, ellos invadieron el carril izquierdo de manera imprudente, por lo que gira a la izquierda y golpea con su vehículo la parte

A más preguntas de la Defensa Técnica dijo: “el microbús no tiene defensa y por ende después del golpe el tablero del microbús impactó con su cuerpo, el golpe no fue frontal fue en una esquina.”

2) R.S.G. , quien a preguntas de la R.F. dijo: “trabaja en la Policía Nacional Civil desde hace veintidós años, está destacado en la División de Tránsito Terrestre desde hace trece años, en la delegación de Zacatecoluca, ubicada en San Marcos, recuerda unas diligencias que realizó por un accidente de tránsito ocurrido en Santo Tomas, dicho accidente ocurrió el diez de julio de dos mil quince, en kilometro diecisiete y medio de Santo Tomás, la autopista posee dos carriles de rumbo norte a sur y viceversa, en ese lugar hay una Gasolinera Alba, de norte a sur la Gasolinera está a la derecha, dentro de las diligencias de los hechos entrevistó a un empelado de la Gasolinera y una empleada del vivero que está cerca del lugar de los hechos, el empleado de la Gasolinera solo manifestó que escuchó un fuerte ruido en los carriles que conducen rumbo a Comalapa y cuando observó la autopista pudo ver que habían tres vehículos involucrados en el accidente, eran dos pickups y un microbús color blanco, la señora que entrevistó, empleada del vivero dijo que observó que dos pickup salieron de la Gasolinera Alba rumbo a Comalapa, se incorporaron al carril derecho y después al izquierdo, además mencionó la señora que un microbús blanco impactó en la parte trasera de uno de los dos vehículos y el conductor del microbús había resultado lesionado, los vehículos involucrados eran un microbús blanco, dos pickup, uno gris y el otro rojo, la velocidad máxima a la que deben conducir los vehículos por la Autopista si es pesado es de setenta kilómetros por hora y livianos a noventa kilómetros por hora, en algunos tramos el día de los hechos la visibilidad estaba despejada, y esa parte de la Autopista es en línea recta, antes de llegar ahí hay al final hay una curva.”

B.- PRUEBA PERICIAL: Solo se incorporó únicamente prueba de CARGO, consistente en:

1) Reconocimiento médico forense de lesiones efectuado a las catorce horas del treinta y uno de agosto del dos mil quince, por la doctora N. de E., adscrita al Instituto de Medicina Legal “Dr. R.M.” de esta ciudad, quien evaluó al señor C.R.M.A.. Conclusión:

trauma y salvo complicaciones y le incapacita de sus labores cotidianas por noventa días a partir de la fecha del trauma y salvo complicaciones. Fs.21.- C.- PRUEBA DOCUMENTAL: Incorporada mediante su lectura ORDEN PENAL

1) Acta de inspección de accidente de tránsito levantada a las diez horas con quince minutos del diez de julio de dos mil quince, por el agente B.W.C.M., en el kilómetro diecisiete y medio de la Autopista que de San Salvador conduce a Comalapa, frente a Gasolinera Alba, Santo Tomás. Fs. 5 y 6.-

2) Croquis de ubicación de las diez horas del diez de julio del dos mil quince, elaborada por el agente B.W.C.M., en el kilómetro diecisiete y medio de la autopista que de San Salvador conduce a Comalapa, frente a Gasolinera Alba. Fs. 7 al 12

3) Álbum Fotográfico de fecha diez de julio del dos mil quince...

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