Sentencia nº U-129-05-16 de Tribunal de Sentencia de Usulutan, 22 de Julio de 2016

Fecha de Resolución22 de Julio de 2016
EmisorTribunal de Sentencia de Usulutan
Número de SentenciaU-129-05-16
Sentido del FalloCONDENATORIA

TRIBUNAL DE SENTENCIA: Usulután, a las quince horas con cuarenta y cinco minutos del día veintidós de julio de dos mil dieciséis.

Causa penal número U-129-05-16 seguida L.M.N.L. , alias “P” , de veintiún años de edad, soltero, estudiante de tercer año de Licenciatura en Idiomas en la Universidad de Oriente (UNIVO), originario y domiciliado en el municipio de Chapeltique, departamento de San Miguel, residente en Caserío [...], nacido el día veinticuatro de marzo de mil novecientos noventa y cinco, hijo de [...] y de [...], datos que fueron proporcionados por el procesado, los cuales no fueron confrontados con su Documento Único de Identidad por no portarlo, pero aparece en la acusación fiscal que le corresponde el número: […]; y, J.A.U.R. , alias “C” , de veinticuatro años de edad, soltero, estudiante – egresado de Licenciatura en Idiomas en la Universidad de Oriente (UNIVO), originario y domiciliado en el municipio de Chinameca, departamento de San Miguel, [...], nacido el doce de octubre de mil novecientos noventa y uno, hijo de [...] y de [...], datos que fueron proporcionados por el procesado, los cuales no fueron confrontados con su Documento Único de Identidad por no portarlo, pero aparece en la acusación fiscal que le corresponde el número: [...]; procesados por el delito de HOMICIDIO AGRAVADO , previsto y sancionado en los Art. 128 y 1293 del Código Penal, en perjuicio de la vida de OSMIN A. . La audiencia de vista pública fue presidida por el J.H.N.G.G.. Han intervenido en el juicio, como representante del señor Fiscalía General de la República la Licenciada K.M.H. de A., y como Defensores Particulares del acusado L.M.N.L., los L.J.G.S.A., G.A.P. de M., J.E.J. de G. y S.S.M.F. y como Defensor Particular del acusado J.A.U.R., el Licenciado J.F.C.M..

RESULTANDO:

Que la Fiscalía presentó acusación contra los imputados por los hechos siguientes: como a las doce horas del día cinco de marzo de dos mil quince (12:00/05/03/2015), la victima OSMIN A. se encontraba descansando en el interior de su casa de habitación ubicada en Cantón [...] del municipio de Lolotique, departamento de San Miguel, en compañía de otros miembros de su familia, cuando como a las doce horas con quince minutos (12:15), sorpresivamente llegaron

cabina color gris, el cual estacionaron en la calle frente a la vivienda del ahora fallecido; sujetos que fueron identificados como L.M.N.L., alias "“P”", C.A.H.R., J.A.U.R., alias “C”, y tres sujetos hasta este momento no identificados; uno de los sujetos permaneció dentro del vehículo con el motor encendido, luego los otros cinco sujetos ingresaron a la vivienda, encontrándose OSMIN A. acostado en una hamaca; cuando un sujeto identificado como L.M.N.L. se dirigió donde se encontraba, la víctima se levantó de la hamaca e intentó salirse de la casa y el sujeto no le permitió huir; mientras Carlos Alejandro H.

R. se dirigió hacia donde se encontraba el testigo clave "J." y le dijo que no se moviera; acto seguido le amarraron de ambas manos hacia atrás; luego el sujeto que se había acercado a O. tomó un lazo de nylon y lo amarró de ambas manos, mientras que los otros tres sujetos estaban con los testigos claves "Jalapa III" y “Jalapa IV", dentro de los cuales se encontraba J.A.U.R., con un arma de fuego y les decían que les dijera ‘donde tenían el dinero’; y luego uno de los sujetos se acercó a "J." y le puso un arma de fuego en la cabeza y le exigió dinero, respondiéndole ‘que ellos no tenían dinero’; por lo que los sujetos ingresaron a las habitaciones de la casa buscando el dinero, los sujetos permanecieron en la vivienda del ahora fallecido un lapso de entre diez y quince minutos (00:10 - 0015); cuando los sujetos ya se iban sacaron por la fuerza al ahora fallecido atado de manos, se lo llevaron para donde tenía estacionado un vehículo de su propiedad el cual es tipo Pick Up, doble cabina color amarillo, marca Nissan, modelo F., placas [...]; el cual se encontraba estacionado en el patio de la casa; acto seguido los sujetos L.M.N.L., alias "“P”", C.A.H.R., J.A.U.R., alias “C” y tres sujetos hasta este momento no identificados, salieron de casa del señor OSMIN A. como a las doce treinta horas (12:30) aproximadamente llevándoselo atado de manos, y llevándose el vehículo de su propiedad, se retiraron en ambos vehículos rumbo al Cantón […] del municipio de San Buenaventura, recorren una distancia de tres punto cinco kilómetros (3.5 Km) desde la casa de habitación del ahora fallecido hasta llegar al interior del terreno propiedad del señor [...], ubicado en Caserío [...] del Cantón [...] del municipio de San Buenaventura, departamento de Usulután, donde bajan a la víctima del vehículo; y en ese lugar lo colocan boca abajo, siempre atado de ambas manos hacia atrás, y le realizan una serie de disparos a la altura de la cabeza; acto seguido los sujetos se retiran del lugar llevándose el vehículo propiedad del señor O.A., cuyo cuerpo fue encontrado sin vida poco más tarde. Ese mismo

perteneciente a la patrulla “Águila IV”, de la Policía Rural, de S.M., quienes habían escuchado la información vía radial en torno al delito de Privación de Libertad de una persona del sexo masculino a bordo de un vehículo tipo Pick Up Nissan Frontier doble cabina de color amarillo, placas [...], hecho que había sucedido a eso de las trece horas de ese mismo día en el sector de Lolotique, departamento de San Miguel, por lo que a todas las unidades se les sugería estar atentos de ese vehículo en San Miguel; y en momentos en que los agentes W.R., V.B., D.

Z., R.C.V.A., C.E.G.R. y J.F.S., como a eso de las diecisiete horas del mismo día cinco de marzo de dos mil quince (17:00/05/03/2015), quienes circulaban por la Avenida Wil Salgado de la [...], frente a la casa número […] , del Polígono […] de la ciudad de San Miguel, observaron a cuatro sujetos, siendo identificados L.M.N.L., C.A.H.R., J.A.U.R. y C.A.E.V.., quienes se encontraban desmontándole piezas a un vehículo tipo Pick Up, Nissan Frontier doble cabina, color amarillo, el cual se estableció que es propiedad de OSMIN A., que horas más tempranas había sido sustraído de la casa de habitación de este, al cual ya le habían desmontado el asiento del conductor y las placas, por lo que proceden a su detenciones; siendo estos L.M.N.L., C.A.H.R. y JOSÉ ALEXANDER

U. R., los mismos sujetos que en compañía de otros no identificados privaron del libertad al señor OSMIN A. de su casa de habitación y le sustrajeron el vehículo de su propiedad luego le quitaron la vida realizándole disparos con arma de fuego.

CONSIDERANDO:

  1. Que luego de apreciadas las pruebas producidas durante el desarrollo de la Audiencia de Vista Pública de un modo integral y según las reglas de la sana crítica, el suscrito J. procedió a efectuar un análisis y valoración de todos los puntos sometidos a su conocimiento, conforme a lo establecido en el Art. 394 C. Pr. Pn., de acuerdo al orden que se expresan en los numerales romanos siguientes.

  2. De conformidad al Art. 53 Pr. Pn., uno de los Jueces que integran el Tribunal de Sentencia es competente para conocer del presente caso.

    Durante la Audiencia de Vista Pública desfiló prueba en relación a la existencia

    prueba: 1) Prueba testimonial: C.A.H.R. (testigo criteriado), “Jalapa”, “Jalapa I”, “Jalapa II”, “Jalapa III” y “Jalapa IV”, R.C.V.A., C.E.G.R., J.F.S., V.Y.B.R., M. de J. D.

    Z.., W.R., M.S.A., P.W.E.G.S. y H.E.M.; 2) Prueba Documental: 2.1) Acta de inspección ocular de cadáver. 2.2) Transcripción de protocolo de levantamiento de cadáver de O.A.. 2.3) Transcripción de protocolo de autopsia de O.A.. 2.4) Acta de inspección ocular de las catorce horas del día trece de abril del año dos mil quince. 2.5) Acta de denuncia interpuesta por clave “Jalapa”. 2.6) Resolución de la Unidad Técnica otorgando medidas de protección. 2.7) Documento notarial de compraventa de vehículo placas P 583 193, a favor de O.A.. 2.8) A. policial de información, de las trece horas con quince minutos del siete de marzo del año dos mil quince. 2.9) Acta de individualización por recorrido fotográfico. 2.10) Acta de las diez horas con veinte minutos del día veintiuno de julio del año dos mil quince. 2.11) Acta de inspección ocular de las trece horas con cinco minutos del día veinticinco de mayo del año dos mil quince. 2.12) Informe pericial elaborado por el agente W.E.G.S., de recorrido partiendo del lugar donde fue privado de libertad la víctima. 2.13) Acta de captura y remisión de los imputados por los delitos de Privación de Libertad, Robo y Agrupaciones Ilícitas. 2.14) Acta de inspección ocular, realizada en la Avenida W.S. de la urbanización [...]. 2.15) Acta de incautación, de las diecinueve horas con cuarenta minutos del día cinco de marzo del año dos mil quince. 2.16) P. de obtención y resguardo de información de dos computadoras Mini Laptop, un teléfono celular marca Alcatel, un teléfono celular marca Samsung, y un teléfono celular marca Huawei. 2.17) Auto administrativo de detención. 2.18) Acta de captura y remisión de los imputados. 3) Prueba Ilustrativa : 3.1) Á. fotográfico de la escena del delito. 3.2) Croquis de ubicación (evidencias). 3.3) Á. fotográfico de la casa de habitación de la víctima, lugar donde fue privado de libertad. 3.4) Croquis de ubicación (vivienda de la víctima). 3.5) Á. fotográfico realizado en la Avenida W.S. de la [...], frente a la casa [...] de la ciudad de San Miguel. 3.6) Croquis de la inspección técnico ocular, la Avenida W.S. de la urbanización [...], frente a la casa [...] de la ciudad de San Miguel. B) La defensa técnica no ofreció elementos de prueba. C) El imputado L.M.N.L. ofreció como elementos de prueba: 1) Prueba testimonial : M.L.C.A., J.A.C.V., N.I.F.M., J.A.V. y M.A.G.C.. 2) Prueba Documental : 2.1) Declaraciones juradas de M.L.C.A., J.A.Y.V., J.A.C.V. y N. I. F.

    M.. 2.2) Antecedentes penales. 2.3) Hoja de Asesoría para inscripción, de la Universidad de

    de la Universidad de Oriente (UNIVO), S.M., referente al...

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