Sentencia nº 218-U-2-16 de Tribunal Segundo de Sentencia de Santa Ana, 20 de Julio de 2016

Fecha de Resolución20 de Julio de 2016
EmisorTribunal Segundo de Sentencia de Santa Ana
Número de Sentencia218-U-2-16
Sentido del FalloCONDENATORIA

TRIBUNAL SEGUNDO DE SENTENCIA: S.A., a las doce horas con diez minutos del día veinte de julio de dos mil dieciséis.- Causa No. 218-U.2/16, promovida contra R.E.E., de veintiocho años de edad, agricultor, salvadoreño, nació el diez de enero de mil novecientos ochenta y ocho, acompañado con [...], hijo de [...] y [...], residente en caserío [...], cantón [...], S.A., con Documento único de Identidad Número [...], procesadopor el delito de POSESIÓN Y TENENCIA regulado en el artículo 34 Inciso 2º de la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas, en perjuicio de LA SALUD PÚBLICA. La vista pública fue presidida por el J.G.L.D., según lo prescribe el artículo 53 inciso último del Código Procesal Penal.- Intervinieron en vista pública como Agente Auxiliar del Fiscal General de la República la licenciada M.A.R. de A. y como defensores particulares los licenciados J.F.J.G. y Digno E.M.G..- HECHOS SOMETIDOS A JUICIO

  1. Se presentó escrito de acusación en el Juzgado Tercero de instrucción de esta ciudad contra RONALD E. E. por los siguientes hechos:

    Que los hechos ocurrieron el ocho de febrero del presente año en momentos que los agentes de la Policía Nacional Civil, M.E.C.D. y A.H.A.L. , a eso de las veintidós horas realizaban un patrullaje preventivo sobre la calle principal del Caserío [...] del municipio de Texistepeque y en momentos que se desplazaban sobre dicha calle observaron a un sujeto sospechoso el cual al notar la presencia policial mostro una aptitud nerviosa motivo por el cual optaron por intervenirlo policialmente por lo que el cabo C.D. quien le mando los comandos verbales de “alto policía” obedeciendo dicho sujeto a lo mandado por lo que se le manifiesto a dicho sujeto que se le efectuaría una requisa personal encontrándole en la bolsa delantera izquierda del short que vestíauna bolsa plástica de color rojo, que en su interior contenía la cantidad de veintiocho porciones pequeñas de material vegetal al parecer droga marihuana cada una en el interior de bolsas plásticas transparentes anudadas y todas en el interior de una bolsa plástica de color rojo, seguidamente se procedió a identificar a dicho sujeto el cual no portaba documento de identidad pero manifestó llamarse R.E.E. y por presumir que lo antes

    la Sección de Antinarcóticos de S.A., para que a la misma se le realizara prueba de campo al material vegetal antes encontrado desde el lugar de la intervención el cabo C.D. ya presentes en dicha sección fueron atendidos por el agente M.A.C.A. a quien se les relata brevemente lo sucedido y se le hace entrega formal de lo encontrado el cual procedió a realizar prueba de campo en presencia de todos los intervinientes obteniendo un resultado positivo a droga marihuana; por lo que el mismo agente antes mencionado procede a etiquetar y embalar como evidencia uno las veintiocho porciones de material vegetal y por el resultado obtenido en dicho procedimiento a eso de las veintitrés horas con veinte minutos del ocho de febrero del presente año, se procedió a manifestarle a R.E.E. , que quedaría detenido y se procedió a leerle y explicarle sus derechos.

    II) - Los anteriores hechos fueron considerados por el Juez instructor como Posesión y Tenencia para pasar la causa a la fase plenaria, señalándose la audiencia de vista pública por el delito que acusara la Representación Fiscal y llegado el día y hora de la vista pública se les preguntó a las partes procesales, si estaban preparadas para ejercer sus respectivos roles, expresando que sí, luego se verificó la presencia de las personas citadas y se abrió la Vista Publica de conformidad con el artículo 380 del Código Procesal Penal.

  2. FASE DE INCIDENTES : Los incidentes suscitados en vista pública se resolvieron en la misma; tal y como consta en acta de vista pública respectiva.- IV. DECLARACIÓN INDAGATORIA: El imputado se abstuvo de rendirla en vista pública; por lo que únicamente se le interrogó a efecto de identificación.

    CONSIDERANDOS:

    I).- EL SUSCRITO HA INMEDIADO LOS PUNTOS SOMETIDOS A SU CONOCIMIENTO TOMANDOSE PARA SU ANALISIS Y VALORACION LA PRUEBA QUE A CONTINUACION SE DETALLA:

    PRUEBA TESTIMONIAL:

    está destacado en el puesto policial de Guarnecia, que ha estado destacado en dicho puesto policial los último 5 meses y antes se encontraba destacado en el puesto policial de San Jacinto, de ésta ciudad; es cabo de la Policía Nacional Civil, tiene...

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