Sentencia nº INC-457-458-459-460-APE-2016 de Cámara Especializada de lo Penal, Cámaras de Apelaciones, 27 de Septiembre de 2016

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2016
EmisorCámara Especializada de lo Penal
Número de SentenciaINC-457-458-459-460-APE-2016
Sentido del FalloDeclarase no ha lugar por improcedente
Tipo de ResoluciónAclaración
Tribunal de OrigenCámara Especializada de lo Penal, San Salvador

CAMARA ESPECIALIZADA DE LO PENAL, San Salvador, a las catorce horas y cincuenta y seis minutos del día veintisiete de septiembre del año dos mil dieciséis.

Por recibido en la Secretaría de esta Cámara, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del día veintidós de septiembre del año dos mil dieciséis, escrito suscrito por el licenciado J.A.C.A., quien actúa en su calidad de Defensor Particular de los imputados 1) NELSON DE J.A.C. y 2) N.F.A.M., a quienes se les atribuye la comisión de los ilícitos penales de LAVADO DE DINERO Y ACTIVOS, previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley contra el Lavado de Dinero y Activos, en perjuicio del ORDEN SOCIOECONOMICO y el delito de ORGANIZACIONES TERRORISTAS, previsto y sancionado en el artículo 13 de la Ley Especial contra Actos de Terrorismo, en perjuicio de LA SEGURIDAD DEL ESTADO.

El referido escrito tiene como finalidad resolver la solicitud de aclaración y adición formulada por el referido profesional, contra la resolución emitida por esta Cámara a las catorce horas y veintiséis minutos del día diecinueve de septiembre del año dos mil dieciséis, en relación al recurso de Apelación interpuesto en contra de la resolución por medio de la cual se le impuso a los encartados antes mencionados la medida cautelar de la detención provisional.

ARGUMENTOS DE LA DEFENSA TÉCNICA.

El licenciado C.A. expresó: “…del medio impugnativo que dio pauta al resolutivo en comento, se ha omitido resolver sobre la valoración de PRUEBA que oferte para su PRODUCCIÓN Y DEBIDA VALORACIÓN antes Vosotros Honorables Magistrados de Cámara Especializada de lo Penal, para lo cual DETERMINE, FUNDAMENTE y SEÑALE QUE ESA RESPETABLE INSTANCIA REQUIRIESE AL JUZGADO ESPECIALIZADO “B” DE ESTA CIUDAD, en la cual C/B54-16(4) copia CERTIFICADA de: 1. Solicitud de Imposición de Medidas. 2. Declaración de Testigo clave “ALTOS”. 3. DESPLIEGUE DE DATOS DE DUI y DILIGENCIAS PREVIAS AL RECONOCIMIENTO y EL MISMO RECONOCIMIENTO POR FOTOGRAFÍAS DE N.D.J.A.C. y J.F.P.M., alias “[...]”. 4. INFORME DE INTELIGENCIA POLICIAL sobre la MARA MS13 clica ALCS…5. Recurso de Apelación presentado por el Licenciado FREDY ANTONIO RAMOS. TODO CON LA FINALIDAD DE ACREDITAR QUE ESTAMOS EN PRESENCIA DE LOS MISMOS HECHOS YA CONOCIDOS POR EL JUZGADO ESPECIALIZADO “B” DE ESTA CIUDAD. PRUEBAS

enfática por haberme presentado este mismo día…a la Secretaría del Juzgado Especializado…por tanto, la omisión de resolver varios puntos controvertidos en el procedimiento de...

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