Sentencia nº CB-39-21-09-16 de Cámara de Lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel, Cámaras de Apelaciones, 28 de Septiembre de 2016

Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2016
EmisorCámara de Lo Civil de la Primera Sección de Oriente, San Miguel
Número de SentenciaCB-39-21-09-16
Sentido del FalloSentencia confirmatoria
Tipo de ResoluciónSentencia Definitiva
Tipo de JuicioProceso de Nulidad de Despido
Tribunal de OrigenJuzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios

CAMARA DE LO CIVIL DE LA PRIMERA SECCION DE ORIENTE: S.M., a las catorce horas y cincuenta minutos del día veintiocho de septiembre de dos mil dieciséis.-

  1. IDENTIFICACION DE LAS PARTES Y DEL PROCESO:

  1. Esta apelación ha sido interpuesta en el proceso de nulidad de despido, promovido por el Licenciado S.R.C. , mayor de edad, abogado, de este domicilio, como apoderado general judicial y especial del trabajador señor J.S.O.P. ; mayor de edad, empleado, del domicilio de Carolina, departamento de San Miguel; representado también en igual calidad, por los L.G.F.E.E. y J.C.P.H. , ambos mayores de edad, abogados, de este domicilio; contra el CONCEJO MUNICIPAL DE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE CAROLINA , departamento de San Miguel, representado legalmente por el Alcalde Municipal, señor J.A.H.C.. , mayor de edad, comerciante, del domicilio de Carolina; y en el proceso por su apoderada general judicial y especial Licenciada LIHIDALMA L. C., ahora de C. , mayor de edad, abogada, de este domicilio; a efecto de que se restituya al expresado señor O.P. , al cargo en que se desempeñaba en la relacionada Alcaldía Municipal; y asimismo se le paguen los salarios dejados de percibir.- 2. El expediente del proceso ha sido clasificado en el Juzgado de su procedencia con la referencia N° 68-JND-2015-dr, Eda. 22-septiembre-2015; y en esta Cámara bajo la referencia: C.B./# 39/21-09-16 .- 3. La presente sentencia está siendo pronunciada por el Licenciado JOSE S.A.V., en calidad de M.P. de esta Cámara, y por el D.J.H.I.S.M., como Segundo Magistrado de Cámara en funciones.-

ANTECEDENTES
  1. Resolución impugnada.- El recurso de revisión, ha sido interpuesto de la sentencia definitiva pronunciada por la señora Juez de Primera Instancia de Ciudad Barrios, a las quince horas y cincuenta y un minutos del día doce de agosto del corriente año, mediante la cual en su fallo DICE : “ A)DECLÁRASE NULO EL DESPIDO del que fue objeto el señor J.S.O.P., por parte del Señor ALCALDE MUNICIPAL DE CAROLINA, J.A.H.C., y su Concejo Municipal señores S.M.Y.D.C.R.M.O.J.D.C.R.M.; R.P.J.R.M.A.; R.S. unoV.A.T.C.; Regidor Propietario dos JULIO A. L.;

    M.P.; Regidor Suplente tres J.A.N.; R.P. cuatroM.G.G., y R.S. cuatroS.C.M.L., todos ellos mayores de edad, del domicilio de Carolina, Departamento de San Miguel; B) RESTITÚYASE EN EL CARGO FUNCIONAL de Auxiliar de la Compostera (Recicladora de la Basura clasificándola por desechos sólidos), o colóquese en otro de igual nivel y categoría al empleado señor J.S.O.P.; C) CONDÉNASE al Señor Alcalde Municipal JOSE ARMANDO H. CH. y su CONCEJO MUNICIPAL antes mencionado, a que cancelen por cuenta propia al señor J.S.O.P., los sueldos dejados de percibir desde la fecha del despido siendo el día cuatro de mayo del presente año, hasta la fecha que se cumpla la sentencia, y D) Cúmplase con la presente sentencia dentro del término de treinta días hábiles tal como lo establece el Art. 75 Inciso , de la Ley de la Carrera Administrativa Municipal”.-

    1. SUSTANCIACION DEL RECURSO DE REVISION :

  2. En el escrito de fs. 1 al 3 de este incidente, por medio del cual la Licenciada LIHIDALMA L. C., interpuso recurso de revisión, expuso: “Con la Revisión de la sentencia, pretendo que esa Honorable Cámara, examine la sentencia objeto de este Recurso, y pueda observar la existencia de...

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