Sentencia nº 1-DILIGENCIAS VARIAS-2016 de Cámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 12 de Octubre de 2016

Fecha de Resolución12 de Octubre de 2016
EmisorCámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador
Número de Sentencia1-DILIGENCIAS VARIAS-2016
Sentido del FalloInadmisibilidad
Tipo de ResoluciónInterlocutoria
Tipo de JuicioDiligencias de Divorcio por Mutuo Consentimiento
Tribunal de OrigenJuzgado de Familia, Soyapango

CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DEL CENTRO: SAN SALVADOR, A LAS CATORCE HORAS Y VEINTE MINUTOS DEL DÍA DOCE DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISÉIS.

Por recibido el oficio Nº 1729, de fecha cuatro de octubre del año dos mil dieciséis, procedente del JUZGADO DE FAMILIA DE SOYAPANGO , juntamente con las diligencias de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, clasificadas bajo la referencia 02720-16-FPF-0FM2 , promovido por los señores [...] y [...], por medio del Licenciado F.A.G.C., en su calidad de Apoderado Judicial Especial. En el referido proceso se ha recurrido de la resolución que declara inadmisible la solicitud de divorcio de los referidos cónyuges; dictada por la Jueza de Familia de Soyapango, Licenciada P.E.M.N. .

I . La Jueza a quo, por resolución de fs. 34, con fecha seis de junio de dos mil dieciséis, declaró inadmisible la solicitud de divorcio presentada, fundamentando su decisorio en el hecho de que el Licenciado FIDEL A.G.C. no subsanó totalmente las prevenciones de fs. 22, con fecha 18 de abril de dos mil dieciséis; en esencia, por no haber aclarado y presentado el nuevo convenio de divorcio de los cónyuges y nuevo poder judicial especial otorgado por los cónyuges a favor del Licenciado F.A.G.C. , con el nombre correcto de la solicitante, ya que el presentado con la solicitud es con el nombre de […] ; que difiere con el nombre consignado en la Partida de Nacimiento y Matrimonio de la solicitante, porque el nombre […] se escribe con la letra z y no con s . El referido abogado intentó subsanar la prevención a fs. 26, pero no entendió dónde radicaba el error y creyó que era referente al apellido de casada del que hacía uso su representada, suprimiendo el apellido materno de soltera.

II . Inconforme con la interlocutoria referida, el Licenciado FIDEL A.G.C. , planteó un recurso mediante escrito de fs. 36, de cuya lectura se desprende que es un recurso de revocatoria, y así lo percibe el juzgado a quo en el párrafo uno del auto de fs. 45, no obstante, erróneamente en el mismo auto lo tiene por interpuesto como recurso de apelación y le dio trámite como recurso de apelación y no de...

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