Sentencia nº 217-A-16 de Cámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador, Cámaras de Apelaciones, 17 de Octubre de 2016

Fecha de Resolución17 de Octubre de 2016
EmisorCámara de Familia de la Sección del Centro, San Salvador
Número de Sentencia217-A-16
Sentido del FalloInadmisibilidad
Tipo de ResoluciónInterlocutoria
Tipo de JuicioProceso de Violencia Intrafamiliar
Tribunal de OrigenJuzgado Segundo de Familia, San Salvador

CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DEL CENTRO: SAN SALVADOR, A LAS QUINCE HORAS ONCE MINUTOS DEL DÍA DIECISIETE DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISÉIS.

Conocemos del recurso de apelación interpuesto por la Licenciada MARÍA ELENA R.

L. , abogada, del domicilio de Ayutuxtepeque, y el Licenciado I.L.S.F. , abogado, del domicilio de San Salvador, quienes actúan en representación del señor [...], de cuarenta y un años de edad, empleado, del domicilio de Mejicanos. Se impugna la sentencia pronunciada por la JUEZA SEGUNDO DE FAMILIA SUPLENTE DE SAN SALVADOR , Licenciada C.Y.C.N. , en el presente PROCESO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR , promovido por la señora [...] , de cuarenta y dos años de edad, ama de casa, del domicilio de Mejicanos, quien actúa en su carácter personal.

I. La resolución impugnada fue pronunciada a las nueve horas con treinta minutos del día veinticuatro de junio de dos mil dieciseis, a fs.50 en donde se resolvió lo siguiente:

Tomando en cuenta que los hechos de Violencia Intrafamiliar denunciados en el juzgado Primero de Paz del Municipio de Mejicanos marcado bajo la referencia 21-2-2014 fueron atribuidos al señor [...] decretando medidas de protección contra este, a favor de la señora [...] quien a su vez debe cumplir medidas impuestas por el señor Juez Primero de Paz del Municipio de Mejicanos a favor del señor [...] por considerar que también tenía calidad de víctima en el proceso, en ese sentido es consideración de la suscrita Juez que los hechos denunciados en este proceso no pueden ser tramitados ya que se está frente a un incumplimiento a las medidas decretadas en dicho tribunal de parte del señor [...], en ese sentido partiendo de tal incumplimiento de conformidad con el Art. 34 de la Ley Contra la Violencia Intrafamiliar, certifíquese el presente expediente a la Fiscalía General de la República, y déjese sin efecto la Audiencia preliminar señalada para las ocho horas con treinta minutos del día veintiocho de junio del presente año.

II. En primer lugar, cabe acotar que los recursos se utilizan para que en instancia superior se realice un reexamen de las decisiones del Órgano Jurisdiccional; de ello se desprende que la apelación, así entendida, sirve para –en su caso- enmendar las decisiones de primera instancia en sus aspectos fácticos y jurídicos, en interés de la parte agraviada, a fin de garantizar a los litigantes una decisión correcta. Entonces, siendo de tal envergadura los recursos, la ley plantea

intención de dilatar la...

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