Sentencia nº 063-18-ST-F de Cámara de Familia de la Sección de Occidente, Santa Ana, Cámaras de Apelaciones, 30 de Abril de 2018

Fecha de Resolución30 de Abril de 2018
EmisorCámara de Familia de la Sección de Occidente, Santa Ana
Número de Sentencia063-18-ST-F
Tipo de ResoluciónInterlocutorias
Tipo de JuicioProceso de Cuidado Personal, Régimen de Visitas, Relación y Trato y Cuota Alimenticia
Tribunal de OrigenJuzgado de Familia, Santa Tecla

063-18-ST-F

CÁMARA DE FAMILIA DE LA SECCIÓN DE OCCIDENTE: S.A., a las catorce horas del día lunes treinta de abril del año dos mil dieciocho.- IDENTIFICACIÓN DEL INCIDENTE

La presente providencia corresponde al expediente del INCIDENTE DE RECUSACIÓN promovido por el licenciado F.Z.Á.B. en su carácter de apoderado del señor **********, en el proceso de "Cuidado Personal, Régimen de Visitas, Relación y Trato y Cuota Alimenticia" en relación al niño **********, de cinco años de edad, procedente del Juzgado de Familia de Santa Tecla con Número Único de Identificación ST-F-011-(216)-17; incidente planteado contra la señora Juez de Familia de Santa Tecla, licenciada S.I.E.Q.. El referido proceso es promovido por la señora ********** contra el señor **********.- La demandante es representada por el licenciado MARIO ORLANDO TICAS RIVERA en el carácter de apoderado, quien sustituyó al licenciado E.J.M.N..- El expediente del incidente de apelación abierto por la Cámara ha sido registrado con la referencia N° 063-18-STF.-

LA RECUSACIÓN

Según escrito de fecha 24 de abril de 2018 (fs. 495 al 499 3ª. pieza), presentado en esa misma fecha en el Juzgado de Familia de Santa Tecla, por las razones expuestas en el mismo, el licenciado Á.B. solicita: "a) Me admita el presente escrito; b) por alegado y acreditado el justo impedimento; c) suspenda y reprograme la celebración de audiencia preliminar; d) tenga por promovido el incidente de recusación contra su autoridad judicial, quien no ha podido impedir el que se cometan actos irregulares de comunicación y fuga de información dentro del Tribunal y relativos al caso judicial de su conocimiento; especialmente la conducta de la licenciada E.M.A. CRUZ; e) agregue la documentación que acompaño; f) corra traslado de ley a la parte contraria y remita las actuaciones a la Honorable Cámara de la Sección de Occidente para el conocimiento y decisión del incidente de recusación;

  1. a la Honorable Cámara de Familia de la Sección de Occidente se le solicita: que admita el incidente de recusación, señale y convoque a audiencia de ser necesario para aportar pruebas y prestar el auxilio judicial; y en caso de acoger la pretensión de recusación, desarraigue el expediente judicial y encomiende su tramitación y decisión a un Juzgado de Familia con

    jurisdicción en Santa Ana, en aras de una transparente e imparcial administración de justicia y

  2. siga con el trámite de ley."- EL TRÁMITE DEL INCIDENTE

    En general, los incidentes tienen un trámite común desarrollado en los arts. 57 al 62 de la Ley Procesal de Familia (identificada sólo como "Pr.F.", pero hay determinados tipos de incidentes que tienen una tramitación excepcional, como son los casos de los "Conflictos de Competencia", de la "Recusación de Funcionarios Judiciales", de la "Recusación del Secretario Judicial y de los Especialistas", del "Impedimento de los Juzgadores" y...

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