Sentencia nº 237-2017 de Tribunal Primero de Sentencia de San Miguel, 2 de Marzo de 2018

Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2018
EmisorTribunal Primero de Sentencia de San Miguel
Número de Sentencia237-2017
Sentido del FalloCONDENATORIA

TRIBUNAL PRIMERO DE SENTENCIA, S.M., a las catorce horas con treinta y cinco minutos, del día dos de marzo de dos mil dieciocho.

Eldía16/02/2018; el suscrito juez J.A.G.M., acompañado del secretario de actuaciones interino M.M.Z., conoció en juicio oral y público causa penal con referencia fiscal 320-USTSM-4-17, clasificada en este Tribunal con el número de entrada 237/2017, contra C J I I , 3ser de las generales mencionadas, acusado de cometer el delito de Posesión y Tenencia Ilícita de Droga, disciplinado en el artículo 34 inciso segundo de la Ley Reguladora de Actividades Relativas a la Droga, en adelante LRARD,en perjuicio de La Salud Pública.

Han intervenido como partes técnicaslos licenciados G.E.V.,en calidad de Agente Auxiliar del Fiscal General de la República; C.I.C.L. , Defensor Publicodel imputado.

I- HECHOS ACUSADOS:

El día once de mayo del presente año (2017) como a eso de las quince horas con diez minutos, los agentes de la Policía Rural de San Antonio Silva: G R M R Y J O M R, dejan constancia de la detención en flagrancia del imputado C J I I, en virtud de que momentos que se encontraban realizando patrullaje preventivo, específicamente sobre la calle principal de la colonia Santa Lucia, del C.S.A.S., cuando observaron a un sujeto con apariencia de pandillero quien portaba en la mano derecha una bolsa color negro tipo gabacha y al observar la presencia policial opto por darse a la fuga, dándole en esos momentos alcances a unos pocos metros y el Agente G R M, le mando los comando verbales y le expreso que le proporcionara la bolsa plástica, y al verificar su interior contenía veintisiete porciones pequeñas de material vegetal y por la presunción de que se trataba de droga, se coordinó con la Sección Antinarcóticos de la Delegación de la Policía Nacional Civil de San Miguel, a fin de realizar la prueba de campo, tanto al material vegetal como a la sustancia semisólida, siendo atendido por el agente J R H P, dando un resultado positivo con orientación a marihuana, por lo que a las quince horas con cinco minutos del día se le manifestó al imputado que quedaría detenido por el delito de TRAFICO ILÍCITO, haciéndole saber el motivo de la misma, así como los derechos y garantías que la ley le confiere.”

Las partes no interpusieron incidentes.

garantías que le asisten, expresando comprenderlos, y que deseaban declarar, por lo que se procedió a recibirle la declaración quien en síntesis dijo: Me encontraba en casa de G, como a las doce del día, en la Colonia Santa Lucía, cuando llegaron dos agentes en una motocicleta, se estacionaron y me dijeron que saliera de la casa, luego me registraron, me quitaron el teléfono y la billetera y me dijeron que los siguiera a la comandancia, ellos iban en la moto y yo iba a pié; después me dijeron que estaba detenido por resistencia, luego en la Procuraduría me dijeron que era por droga, pero a mí no me encontraron nada de droga; yo fui detenido por droga la primera vez, en el dos mil quince y me pusieron tres años de utilidad Pública.

II- PRUEBATESTIMONIAL DE CARGO:

Declaración del señor G R M R, quien dijo: Trabaja en la PNC desde hace 10 años, actualmente destacado desde hace un años diez meses en el Puesto Rural de S.A.S.; el día once de mayo de dos mil diecisiete, a las doce horas se encontraba en la calle Principal de la Colonia Santa Lucia, hacen un registro a un sujeto que se veía sospechoso, le observan una bolsa en la mano y que el sujeto se puso nervioso, estaba a la orilla de la calle, incautaron la bolsa que tenía material vegetal al parecer marihuana, en bolsas platicas, por lo que fue retenido e identificado como C J I coordina con la Unidad Antinarcóticos de la Policía Nacional Civil, realizan prueba e campo y dio positivo a marihuana, por lo que le informan al señor I su detención y proceden a elaborar la cadena de custodia , la cual puede reconocer a través de la firma del declarante, en la que hace constar la prueba de campo también describen las veintisiete porciones de marihuana; a la Defensora dijo: El imputado fue detenido el once de mayo de dos mil diecisiete; en esa participó el declarante y J M; el declarante se transportaba en una motocicleta; la detención fue en Colonia Santa Lucia, la hora de la detención fue a las doce horas con quince minutos y la remisión como a las quince horas; a la hora de la detención condujeron a J. en una patrulla, no se fue caminando para el lugar; observan la bolsa al parecer marihuana, la bolsa era color negro; no le decomisaron ningún otro objeto

III- OTROS MEDIOS DE PRUEBA:

1) Acta de remisión del imputado C J I I, de las quince horas con diez minutos del día once de mayo de dos mil diecisiete, en la cual los agentes captores hacen constar las circunstancias de tiempo, lugar y forma que se procedió a la detención del imputado, por haberle encontrado material vegetal que al hacerle prueba de campo resultó positiva con orientación a droga

2) Hoja de cadena de custodia, en al que se describe la droga incautada al imputado y las personas que la han tenido contacto con la evidencia. F.. 50-51

3) LA PRUEBA MATERIAL , c onsistente en las27 porciones de droga marihuana incautadas al imputado con un peso 42.7 gramos -cuarenta y dos punto siete gramos- , peso neto devuelto cuarenta y dos punto seis gramos, con un valor económico de $48.68 - cuarenta y ocho dólares con sesenta y ocho centavos-, con lo que se confeccionarían ochenta y cinco cigarrillos.

IV- PRUEBA DE DESCARGO:

Declaración de G D G E, quien dijo: Conoce a C, desde hace cinco años; la declarante es ama de casa, vive en ********** La Unión; el once de mayo de dos mil diecisiete, como a las doce horas del mediodía se encontraba en su casa, solo estaba la declarante y su bebé, después llegó C; estaban platicando en el corredor, cuando iban pasando dos policías en una moto, llamaron a C y este salió a la calle, lo comenzaron a revisar, la declarante estaba como a un metro; observa que los policías le quitan la cartera a C y unos auriculares, el registro duró como cinco minutos, después el de la moto iba adelante y C atrás, iba caminando a la comandancia, que está como a tres metros; C se dedica a la agricultura; a la Representación Fiscal, respondió: Solo son amigos con C; si le molestaría que él fuera condenado.

V- ALEGATOS DE CIERRE

La Representación Fiscal, en sus conclusiones expresó: Con la prueba que ha desfilado, se ha logrado destruir el principio de inocencia del imputado C J I I, a quien se le encontró una bolsa en sus manos, la cual contenía un material vegetal, siendo veintisiete porciones en bolsitas pequeñas, y al realizarle la prueba de campo, dio como resultado positivo a droga marihuana. Según lo manifestó el testigo G R M; es de hacer notar que la testigo de la defensa no fue identificada totalmente por el defensor, ella...

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