Acuerdo No. 1621.- Se establece la Estructura Organizativa del Ministerio de Salud

Publicado enDiario Oficial de El Salvador

EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE SALUD,

CONSIDERANDO:

  1. Que el artículo 65, del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, faculta al Titular de esta Cartera de Estado, para establecer y aprobar la organización administrativa necesaria para el cumplimiento de sus funciones y competencias;

  2. Que el artículo 10, del Reglamento de Normas Técnicas de Control Interno Específicas del MINSAL, estable que el Titular aprobará me- diante Acuerdo Ejecutivo la estructura organizativa que responda al cumplimiento de los objetivos institucionales, su organización y su funcionamiento;

  3. Que a través de Acuerdo Ministerial n° 1263 del 16 de marzo de 2021 y publicado en el Diario Oficial N° 79, Tomo n° 431, del 29 de abril del 2021, se emitió la Estructura Organizativa del Ministerio de Salud, la cual debe ser actualizada debido a nuevos cambios en su estructura organizativa.

POR TANTO, conforme en los considerandos anteriores y a las facultades legales antes citadas, el Ministerio de Salud,

ACUERDA: Establecer la siguiente

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA:

Art. 1 Del Titular dependen directamente:
  1. Vice Ministerio de Gestión y Desarrollo en Salud;

  2. Vice Ministerio de Operaciones en Salud;

  3. Gerencia General;

  4. Dirección de Monitoreo Estratégico de Servicios de Salud;

  5. Dirección de Epidemiología;

  6. Dirección de Comunicación Social e Institucional;

  7. Dirección Integral Materno-Perinatal y Niñez;

  8. Unidad de Asesoría Jurídica;

  9. Unidad de Auditoría Interna;

  10. Oficina de Relaciones Internacionales y Cooperación en Salud;

  11. Unidad de Género;

  12. Dirección del Instituto Nacional de Salud; y

  13. Unidad de Gestión de Programas y Proyectos de Inversión.

Las relaciones con las entidades externas tales como: Consejo Directivo del Fondo Solidario para la salud (EOSALUD), Comisión Nacional de la Lactancia Materna (CONALAM), Consejo Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CONASAN), Comisión Nacional Contra el VIH (CONAVIH), Consejo Directivo del CONNA; y las Asesorías Ministeriales, serán de manera directa con el Titular.

Art. 2 Del Vice Ministerio de Gestión y Desarrollo en Salud
  1. Dirección de Políticas y Gestión de Salud

  2. Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación

  3. Dirección de Regulación

  4. Dirección de Salud Integral Calidad de Vida e Inclusión

  5. Dirección de Protección Radiológica

  6. Dirección de Tecnologías Sanitarias

  7. Dirección de Planificación

Art. 3 Del Vice Ministerio de Operaciones en Salud, dependen:
  1. Dirección Nacional del Primer Nivel de Atención,

  2. Dirección Nacional de Hospitales,

  3. Dirección del Sistema de Emergencias Médicas,

  4. Dirección de Salud Ambiental,

  5. Unidad de Gestión de Riesgos y Desastres de Salud;

  6. Unidad de Servicios de Apoyo Diagnóstico;

  7. Unidad Nacional de Enfermería; y

  8. Dirección de Inmunizaciones.

Art. 4 De la Gerencia General, dependen:
  1. Dirección de Recursos Humanos,

  2. Dirección de la Cadena de Suministros,

  3. Unidad Financiera Institucional (dependencia funcional),

  4. Unidad de Compras Públicas (dependencia funcional)

  5. Unidad de Conservación y Mantenimiento; y

  6. Unidad de Gestión Documental.

  7. Unidad de Gestión de Infraestructura Sanitaria. (1)

  8. Unidad de Cumplimiento.

  9. Unidad Consolidadora de Compras.

Art. 5 Las principales dependencias del MINSAL serán las siguientes:
  1. Dirección de Planificación, que incluye las dependencias: Unidad de Planificación, Monitoreo y Evaluación; Unidad de Desarrollo Institucional; Unidad de Economía de la Salud; Unidad de Estadística e Información; y, Unidad de Calidad.

    aa) Unidad Nacional de Enfermería, no incluye dependencias.

  2. Dirección de Epidemiología, que incluye las dependencias: Unidad de Vigilancia de la Salud; y, Unidad de Investigación.

    bb) Dirección Nacional de Hospitales, que incluye las dependencias: Unidad de Gestión de Servicios; Unidad de Desarrollo de Servicios; Unidad de Farmacias Especializadas; y la Red Nacional de Hospitales.

  3. Dirección de Monitoreo Estratégico de Servicios de Salud, que incluye la dependencia: Unidad Coordinadora de Monitoreo Estratégico de Servicios de Salud.

    cc) Dirección Nacional del Primer Nivel de Atención, que incluye las dependencias: Unidad de Gestión de Servicios; Unidad de Desarrollo de Servicios, Unidad de Salud Comunitaria; y las Direcciones Regionales de Salud.

  4. Dirección de Comunicación Social e institucional, que incluye las dependencias: Unidad de Redes Sociales; Unidad de Audiovisuales; Unidad de Prensa y Relaciones Públicas; Unidad de Acceso a la Información Pública; y, Unidad de Administración y Publicidad.

    dd) Dirección Integral Materno-Perinatal y Niñez, que incluye las dependencias: Centro de Maternidad Nacer con Cariño "El Nido", Unidad Coordinadora de Proyectos Creciendo Saludables Juntos (UCPCSJ), Unidad Materno Perinatal, y Unidad de la Niñez.

  5. Oficina de Relaciones Internacionales y Cooperación en Salud, que incluye las dependencias: Área Técnica y Área de Monitoreo.

    ee) (derogado).

  6. Unidad de Género, no incluye dependencias.

    ff) Dirección de Inmunizaciones, que incluye las dependencias: Unidad de Gestión, Comisión de Inmunizaciones, y Unidad Logística.

  7. Unidad de Asesoría Jurídica, no incluye dependencias.

    gg) Unidad de Cumplimiento, no incluye dependencias.

    hh) Unidad Consolidadora de Compras, que incluye las dependencias: Oficina de recepción y evaluación de solicitudes, oficina de Sondeos de Mercado, oficina de coordinación técnica.

  8. Unidad de Auditoría Interna, no incluye dependencias.

    hh) Unidad Consolidadora de Compras, que incluye las dependencias: Oficina de recepción y evaluación de solicitudes, oficina de Sondeos de Mercado, oficina de coordinación técnica.

  9. Dirección del Instituto Nacional de Salud, que incluye las dependencias: Unidad de Planificación, Unidad de Comunicación y Prensa, Unidad Jurídica, Unidad de Gobernanza y Gestión del Conocimiento, Unidad de Investigación, Unidad del Laboratorio Nacional de Salud Pública; y Unidad de Administración.

  10. Unidad de Gestión de Programas y Proyectos de Inversión, que incluye las dependencias: Oficina de Gestión Técnica y Oficina de Gestión Fiduciaria.

  11. Dirección de Políticas y Gestión de Salud, que incluye las dependencias: Unidad de Políticas de Programas Sanitarios; Unidad del Programa de Tuberculosis y Enfermedades Respiratorias; Unidad de Atención Integral en Salud a la Adolescencia; Unidad de Atención Integral en Salud a la Mujer y Hombre Adulto; Unidad de Atención Integral en Salud a la Persona Adulta Mayor; Unidad del Programa de ITS/VIH; y, Unidad del Derecho a la Salud.

  12. Dirección de Regulación, que incluye las dependencias: Unidad Normativa Técnica; Unidad Normativa Jurídica, Unidad Editorial; y, Unidad de Mejora Regulatoria.

  13. Dirección de Salud Integral, Calidad de Vida e Inclusión, que incluye las dependencias: Unidad Promoción de Vida Sana y Bienestar, Unidad de Nutrición y Seguridad Alimentaria, Unidad de Salud Mental, Unidad de Habilitación, Rehabilitación y Discapacidad y Unidad de Salud Bucal.

  14. Dirección de Tecnologías Sanitarias, que incluye las dependencias: Unidad de Evaluación de Tecnologías Sanitaria; Unidad de Uso Racional de Tecnologías Sanitarias; Unidad de Aseguramiento de la Calidad/ Laboratorio de Control de Calidad; Centro Nacional de Farmacovigilancia, Unidad de Gestión de Equipo Biomédico; y como dependencia asesora: el Comité farmacoterapéutico institucional.

  15. Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación, que incluye las dependencias: Unidad de Soporte Técnico, Unidad de Desarrollo, Unidad de Innovación y Ciencia de Datos, Unidad de Infraestructura Informática y Telecomunicaciones.

  16. Dirección de Protección Radiológica, que incluye las dependencias: Unidad de Evaluación y Autorización; y, Unidad de Inspección.

  17. Unidad Financiera Institucional, que incluye las áreas: Área de Presupuesto, Área de Tesorería, Área de Contabilidad, Área de Fondos Externos, Área de Análisis Técnico Financiero.

  18. Unidad de Compras Públicas Institucional, que incluye las dependencias: Area Técnica, Sección de Métodos de Compra y Sección de Asistencia Jurídica. s) Dirección de Recursos Humanos, que incluye las dependencias: Coordinación de Control y Seguimiento; Unidad de Reclutamiento y Se- lección; Unidad de Contratación Institucional; Unidad de Bienestar Laboral; y Unidad de Formación y Desarrollo del Talento Humano.

  19. Unidad de Conservación y Mantenimiento, que incluye las dependencias: Oficina de Patrimonio y Activo Fijo; Oficina de Mantenimiento General; Oficina de Servicios Auxiliares; y Oficina de Transporte.

  20. Dirección de la Cadena de Suministros, que incluye las dependencias: Coordinación, Control y Mejora de la Cadena de Suministros; Coordinación nacional de asesores de medicamentos e insumos; Unidad de Planificación de Suministros; Unidad de Abastecimiento; y Unidad de Monitoreo.

  21. Unidad de Gestión Documental, que incluye las dependencias: Oficina de Archivo Central; Oficina de Correspondencia Institucional; y Oficina de Imprenta.

  22. Unidad de Servicios de Apoyo Diagnóstico, que incluye las dependencias: Oficina de Laboratorios Clínicos; Oficina de Bancos de Sangre; Oficina de Radiología e Imágenes; y Oficina de Patología.

  23. Unidad de Gestión de Riesgos y Desastres, no incluye dependencias.

  24. Dirección de Salud Ambiental, que incluye las dependencias: Área Jurídica, Área de Informática, Área de Administración, Unidad de Alimentos y Bebidas, Unidad de Vigilancia de Enfermedades Transmitidas por Vectores, Unidad de Saneamiento Básico y Ambiental, Unidad de Alcohol y Tabaco, Unidad de Zoonosis y Unidad Ambiental.

  25. Dirección del Sistema de Emergencias Médicas, que incluye la dependencia: Unidad de Atención Prehospitalaria.

Art. 6 Las dependencias del MINSAL contarán con el personal administrativo y las oficinas necesarias, para la ejecución de las funciones y actividades que les correspondan.
Art. 7 Derógase la Estructura Organizativa, emitida a través de Acuerdo Ministerial número n°. 1263 del 16 de marzo de 2021 y publicado en el Diario Oficial N° 79, Tomo n° 431, del 29 de abril del 2021.
Art. 8 La presente Estructura Organizativa entrará en vigencia a partir de esta fecha

Publíquese en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.

DR. FRANCISCO JOSÉ ALABI MONTOYA MINISTRO DE SALUD, AD HONOREM

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