APRUÉBASE CONTRATO DE PRÉSTAMO N° 2146 SUSCRITO CON EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), POR UN MONTO DE HASTA (US$44, 887.500).

DECRETO N° 1011

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que por Decreto Legislativo N° 934 de fecha 21 de enero de 2015, publicado en el Diario Oficial N° 20, Tomo N° 406 del 30 de enero del mismo año, esta Asamblea autorizó al Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda para que por medio de su Titular o del representante que él designare, suscriba en nombre del Estado y Gobierno de la República de El Salvador un Contrato de Préstamo con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), por un monto de hasta CUARENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA US$44,887,500.00), recursos que serán utilizados para financiar el Proyecto "Construcción, Equipamiento y Modernización de las Oficinas Centrales de la Fiscalía General de la República de El Salvador".

  2. Que el referido Contrato de Préstamo fue suscrito el 10 de febrero de 2015, por el señor Ministro de Hacienda en correspondencia a la autorización conferida por el Decreto Legislativo N° 934 antes relacionado.

  3. Que en razón de que se han satisfecho las exigencias de orden legal requeridas en nuestra legislación, procede aprobar el Contrato de Préstamo, que ha sido sometido a esta Asamblea, para lo cual se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Art. 148 de la Constitución de la República.

POR TANTO,

en uso de sus facultades Constitucionales.

DECRETA:

Art. 1.- Apruébase el Contrato de Préstamo Nº 2146, suscrito el 10 de febrero de 2015, por un monto de hasta CUARENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$44,887,500.00), recursos que serán utilizados para financiar el Proyecto "Construcción, Equipamiento y Modernización de las Oficinas Centrales de la Fiscalía General de la República de El Salvador".

Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintiocho días del mes abril del año dos mil quince.

OTHON...

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