Canje de notas por el cual sea cuerda modificar el Convenio sobre Transporte Aéreo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de El Salvador, Acuerdo ejecutivo No. 1414 del Ramo de Relaciones Exteriores aprobándolo y Decreto Legislativo No. 114 ratificándolo

La Embajada de los Estados Unidos Mexicanos saluda atentamente al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de El Salvador y se refiere a las conversaciones celebradas entre Delegaciones de México y de El Salvador, que tuvieron lugar en la Ciudad de México, el 7 de marzo de 2017, durante las cuales se acordó modificar el Convenio sobre Transporte Aéreo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de El Salvador, firmado en la Ciudad de México, el 7 de abril de 2006, en los términos siguientes:

  1. Modificar el segundo párrafo preambular por el siguiente:

    "DESEANDO concluir un Convenio complementario a la mencionada Convención con el propósito de establecer servicios aéreos regulares mixtos y exclusivos de carga entre sus respectivos territorios;"

  2. Modificar el Artículo II "Otorgamiento de Derechos", número 2, inciso c), por el siguiente:

    “c) embarcar y desembarcar en tráfico internacional en dicho territorio, en los puntos especificados en el Cuadro de Rutas anexo, a los pasajeros, carga y correo, por separado o en combinación."

  3. Modificar el Artículo III "Designación y Autorización", número 1, por el siguiente:

    1. Cada Parte Contratante tendrá el derecho de designar por escrito ante la otra Parte Contratante, a través de la vía diplomática, a dos o más empresas con el propósito de que operen los servicios convenidos en las rutas especificadas en el Cuadro de Rutas anexo, así como el derecho de sustituir a empresas previamente designadas, por otras.

    Si lo anterior resulta aceptable para el Gobierno de la República de El Salvador, esta Nota y la de respuesta en sentido afirmativo constituirán un Acuerdo entre ambos Gobiernos por el que se modifica el Convenio sobre Transporte Aéreo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de El Salvador, firmado en la Ciudad de México, el 7 de abril de 2006, que entrará en vigor treinta (30) días después de la fecha de recepción de la última notificación a través de la cual ambas Partes se hayan comunicado por la vía diplomática el cumplimiento de los requisitos exigidos por su legislación nacional para tal efecto.

    La Embajada de los Estados Unidos Mexicanos aprovecha la oportunidad para renovar al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de El Salvador el testimonio de su más alta y distinguida consideración.

    EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, saluda atentamente a la Honorable...

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