REFÓRMASE EL CÓDIGO MUNICIPAL

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

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REPUBLICA DE EL SALVADOR ))) AMERICA CENTRAL

DECRETO Nº 274

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que por medio del Decreto Legislativo Nº 274, de fecha 31 de enero de 1986,

    publicado en el Diario Oficial Nº 23, Tomo 290, del 5 de febrero del mismo año,

    se emitió el Código Municipal, el cual tiene como principal objeto desarrollar los

    principios constitucionales referentes a la organización, funcionamiento y ejercicio

    de las facultades autónomas de los Municipios.

  2. Que los sistemas de recaudación, custodia y erogación de fondos, necesitan ser

    actualizados para asegurar una mayor generación de ingresos que estimulen un

    sostenimiento autofinanciable a los gobiernos locales.

  3. Que en la actualidad existe una diversidad de criterios para establecer el plazo

    de caducidad de las constancias de solvencias de impuestos municipales en las

    distintas administraciones locales.

  4. Que se hace necesario establecer en el referido cuerpo legal un plazo uniforme

    de vigencia de las respectivas constancias de solvencias, a fin de agilizar los

    trámites legales que puedan tener como exigencia la presentación de dichos

    documentos.

  5. Que por las razones anteriormente expuestas y de conformidad al Art. 131

    ordinal 5º de la Constitución, se hace necesario reformar el Art. 101 del Código

    Municipal.

    POR TANTO,

    en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Mario Antonio Ponce

    López, Elizardo González Lovo, José Francisco Merino López, José Orlando Arévalo, Alejandro Dagoberto

    Marroquín, Santos Guevara Ramos, Luis Roberto Angulo Samayoa, Roberto Lorenzana Durán y de los

    exdiputados María Julia Castillo, Salvador Arias, Adán Retana, Calixto Mejía, Juan Pablo Durán y Carlos

    Rolando Herrarte (Período Legislativo 2006-2009).

    DECRETA:

    La siguiente reforma al Código Municipal, aprobado por Decreto Legislativo Nº 274, de fecha 31

    de enero de 1986, publicado en el Diario Oficial Nº 23, Tomo 290, del 5 de febrero del mismo año.

    Art. 1.- Incorpórase un segundo inciso al Art. 101, de la siguiente manera:

    Las constancias de solvencias de tributos municipales a que se hace referencia en el presente

    ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

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