La contribución especial

José Enrique ArgumedoNingún mérito le cabe al Ejecutivo porque dejará de pagarse ese tributo.La Ley de Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana y Convivencia (CESCC) fue decretada por la AL el 21-X-2015 con los votos del FMLN, GANA, PDC (amigos) y PCN votando en contra ARENA. Su vigencia se fijó en 5 años luego de publicada en el DO, que fue el 5-XI-2015. Visto lo anterior, vencido ese plazo automáticamente cesan sus efectos, sin que para ello se requiera de ningún acto gubernamental posterior. Ningún mérito le cabe al Ejecutivo porque dejará de pagarse ese tributo. Se ha presentado una iniciativa de prórroga solo para los que tuvieren ingresos superiores a $500,000. Dadas las "armoniosas" relaciones Legislativo-Ejecutivo eso no prosperará.La Ley CESCC en mi opinión presenta varias deficiencias, comenzando desde su nombre hasta llegar a cuestiones de inconstitucionalidad. Si dice su nombre "para la seguridad ciudadana" y son sujetos de ella incluso las personas jurídicas, aquí de entrada se tiene un error de forma pues las personas jurídicas no son ciudadanos, ya que la ciudadanía implica el goce de los derechos políticos como por ejemplo ejercer el sufragio y optar a cargos de elección popular. Las sociedades anónimas obviamente no pueden ejercer esos derechos.En lo fundamental el error radica en el art. 11 de dicha ley que establece que "los recursos serán utilizados única y exclusivamente para la seguridad ciudadana y convivencia" lo cual choca con lo que establece el art. 224 de la Constitución "todos los ingresos de la Hacienda Pública formarán un solo fondo que estará afecto de manera general a las necesidades y obligaciones del Estado". Esta disposición nació con la Constitución de 1950, atendiendo los criterios doctrinarios del error de tener múltiples tributos afectados hacia determinados fines, lo que causaba que en muchas ocasiones hicieran falta fondos para determinados rubros, mientras que en las cajas especiales -si bien no rebosantes- se tenían fondos más holgados que no podían tocarse para otros fines también esenciales. En El Salvador se tuvo por...

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