DECLÁRASE EL 24 DE MAYO DE CADA AÑO DÍA NACIONAL DE LA FAMILIA

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

INDICE LEGISLATIVO

DECRETO No. 998

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPòBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que de conformidad con el art’culo 131, ordinal 11¼, de la Constituci—n de la

    Repœblica, es facultad de esta Asamblea Legislativa, decretar, de una manera

    general, beneficios e incentivos fiscales o de cualquier naturaleza, para la

    promoci—n de actividades culturales, cient’ficas y de cualquier otra ’ndole.

  2. Que el art’culo 32 de la Constituci—n de la Repœblica, establece que la familia es

    la base fundamental de la sociedad, y tendr‡ la protecci—n del Estado, quien

    dictar‡ la legislaci—n necesaria y crear‡ los organismos y servicios apropiados

    para su integraci—n, bienestar y desarrollo social, cultural y econ—mico.

  3. Que en la mayor’a de tratados internacionales de derechos humanos, se regula

    que la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad, definiŽndola

    en la legislaci—n secundaria a partir del matrimonio, uni—n no matrimonial y

    parentesco, refiriŽndose en un sentido amplio, en la cual se integran ascendientes

    y descendientes.

  4. Que a partir de la afirmaci—n que la familia, sus derechos y el desarrollo personal

    de cada uno de los miembros que la componen, no es un ente intangible, se

    considera que la misma se encuentra constituida por las personas naturales

    unidas por un v’nculo natural, lo cual implica a la familia como unidad singular

    que prepara a sus miembros para vivir en sociedad en un contexto de fraternidad

    y con la oportunidad de trascendencia de cada uno de sus integrantes.

  5. Que en virtud de lo antes relacionado, es procedente que este îrgano de Estado

    declare el 24 de mayo de cada a–o, ÒDêA NACIONAL DE LA FAMILIAÓ, con el

    objeto de propiciar y promover su integraci—n, bienestar y desarrollo social,

    cultural y econ—mico.

    POR TANTO,

    en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de las Diputadas y los Diputados de la

    Legislatura 2003-2006: Luis Alberto Corvera Rivas, Rolando Casamalhuapa Alas, Marta Lilian Coto de

    CuŽllar y Gabino Ricardo Hern‡ndez Alvarado.

    DECRETA:

    Art. 1.- Decl‡rase el 24 de mayo de cada a–o, "DêA NACIONAL DE LA FAMILIA", con el objeto

    de propiciar y promover su integraci—n, bienestar y desarrollo social, cultural y econ—mico.

    Art. 2.- El presente Decreto Legislativo entrar‡ en vigencia ocho d’as despuŽs de su publicaci—n

    ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

    INDICE LEGISLATIVO

    en el Diario Oficial.

    DADO EN EL SALîN...

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