Decreto No. 1.- Ordenanza transitoria para el pago de tasas por servicios a favor del municipio de Concepción Batres

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE CONCEPCION BATRES, DEPARTAMENTO DE USULUTÁN.

CONSIDERANDO:

I) Que en virtud de lo establecido en el art. 204 numeral de la Constitución de la República. Art. 7 inciso de la ley General Tributaria Municipal y los Art. 3 literal y 30 numeral 21° del Código Municipal, el Municipio está facultado para crear, modificar y suprimir tasas por servicios municipales.

II) Que reconociendo la difícil situación económica que actualmente impera en nuestra sociedad, muchos contribuyentes se encuentran en mora y por ello, es factible buscar incentivos que conlleven a facilitarles el pago voluntario de sus obligaciones tributarias.

III) Que nuestra Constitución no establece prohibición alguna ni la legislación secundaria establecida literalmente, para dispensar el pago de multas e intereses que son accesorios a la obligación principal; en tanto que la dispensa de intereses moratorios y multas por omitir el pago pretende beneficiar a los contribuyentes morosos aplicándoles el principio de lo más favorable para ellos.

IV) Que al lograr una mayor recaudación, ésta se traduce en más obras para la población.

V) Que de acuerdo a la evaluación realizada por parte de cuentas corrientes, se concluyó que la población acudió a cancelar sus impuestos atrasados mejorando la recaudación y bajando la mora de la Municipalidad, tomando en cuenta estos considerandos se recomienda la aprobación de otra Ordenanza Transitoria.

POR TANTO:

En uso de sus facultades que le otorga la Constitución de la República de El Salvador, La Ley General Tributaria Municipal y el Código Municipal;

DECRETA la siguiente:

ORDENANZA...

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