Decreto No. 150.- Modificaciones en la Ley de Salarios Vigente, incorporándose la Institución Ramo de Cultura

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Decreto Legislativo Nº 879, de fecha 5 de enero de 2018, publicado en el Diario Oficial Nº 9, Tomo 418, del 15 del mismo mes y año, se votó la Ley de Salarios para el ejercicio financiero fiscal de 2018; en el cual se aprobaron en la parte correspondiente a la Presidencia de la República, Unidad Presupuestaria 06 Secretaría de Cultura 1,149 plazas, 1 sobresueldo y 11,375 horas clase.

  2. Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 1, de fecha 17 de enero de 2018, publicado en el Diario Oficial Nº 12, Tomo 418, del 18 del mismo mes y año, se modificó el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, en el sentido de incorporar al Gabinete de Gobierno al Ministerio de Cultura, con el propósito de impulsar la cultura como un derecho y un factor de cohesión e identidad de la sociedad; además, en el artículo 4 del decreto antes citado, se estableció que todos los aspectos relacionados con el presupuesto y funcionamiento de dicha Cartera de Estado, continuarán siendo cubiertos con las asignaciones vigentes de la Secretaria de Cultura, dentro del presupuesto de la Presidencia de la República, mientras se realizan las gestiones pertinentes para la adecuación presupuestaria correspondiente y en el artículo 5 se dispuso que para la creación del aludido Ministerio se deberán realizar todas las acciones técnicas, financieras, administrativas y las que fueren necesarias, incluyendo el traslado del personal de la Secretaria de Cultura al Ramo aludido.

  3. Que con el propósito que el Ministerio de Cultura pueda disponer del personal necesario para su funcionamiento, se requiere modificar la Ley de Salarios vigente de 2018, en los términos siguientes: en el Apartado II- Salarios con aplicación al Presupuesto General del Estado, se requiere incorporar la Institución 3500 Ramo de Cultura, con 1,164 plazas (1,091 plazas a Tiempo Completo y 73 plazas a Tiempo Parcial), 1 sobresueldo y 11,375 horas clase en las Unidades Presupuestarias 01 Dirección y Administración Institucional y 02 Fomento y Conservación de la Cultura y el Arte y sus correspondientes Líneas de Trabajo; asimismo, en el referido Apartado II- Salarios, en...

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