Decreto No. 164.- Modificaciones en la ley de presupuesto vigente en la parte que corresponde a diferentes instituciones

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Decreto Legislativo No. 878, de fecha 5 de enero de 2018, publicado en el Diario Oficial No. 9, Tomo 418, del 15 de enero del mismo año, se aprobó la Ley de Presupuesto General del Estado para el ejercicio financiero fiscal 2018, por un valor de CINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL OCHENTA Y CINCO 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$5,467,494,085.00).

  2. Que debido a la aplicación de medidas fiscales para el cumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras; así como a la eficiencia administrativa en la recaudación fiscal, se ha determinado que el monto recaudado en diferentes fuentes de ingresos corrientes refleja excedentes con relación a las estimaciones programadas a esta fecha, hasta por un monto de US$52,908,171.

  3. Que actualmente se requiere dar cobertura presupuestaria a necesidades urgentes e impostergables que han surgido en diferentes Instituciones del Gobierno Central, durante la ejecución del presente ejercicio fiscal, tales como: US$429,680 para el Tribunal Supremo Electoral, a efecto de transferírselos al Registro Nacional de las Personas Naturales, para cubrir déficit en remuneraciones del cuarto trimestre del año del personal que brinda los servicios de renovación de DUI; US$2,935,815 para el ramo de Justicia y Seguridad Pública, de cuyo monto US$1,779,790 servirá para gastos de funcionamiento y para la readecuación y equipamiento de la Oficina Central de la Dirección General de Migración y Extranjería, US$518,280 para el fortalecimiento institucional de la Policía Nacional Civil, y US$637,745 para cubrir déficit en bienes y servicios del último trimestre del año de la Dirección General de Centros Penales; US$575,261 para el ramo de Economía, a efecto de transferírselos a la Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa, para cubrir gastos de funcionamiento institucional durante el último trimestre del año; y US$5,650,000 para el ramo de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, del cual US$1,100,000 se requiere para cubrir déficit en remuneraciones durante el último trimestre del año, US$4,000,000 para ejecutar obras menores preventivas y de mitigación en zonas de alto riesgo y comunitarias; y US$550,000 servirá para apoyar al Instituto de Legalización de la Propiedad; totalizando un monto de US$9,590,756.

  4. Que a efecto de que las Instituciones...

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