Decreto No. 174.- Ley Especial Reguladora de la Obligación de las Personas Naturales y Jurídicas de Derecho Privado de cumplir con el Principio de Publicidad

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que la Constitución de la República reconoce la seguridad jurídica como una condición resultante del ordenamiento jurídico que genera una garantía inalienable para los derechos fundamentales de las personas en El Salvador.

  2. Que es responsabilidad tanto de las entidades públicas, privadas, así como de las personas naturales y jurídicas materializar el principio de máxima publicidad a través de la divulgación en medios impresos tal y como lo establecen la diversa legislación en nuestro país.

  3. Que es de vital importancia reconocer los mecanismos que dan seguridad jurídica en los procesos o diligencias judiciales o administrativas a las partes, siendo las publicaciones impresas en diarios de mayor circulación o Diario Oficial los medios tradicionalmente utilizados para garantizar los derechos de terceros en la vía judicial o administrativa.

  4. Que el acelerado incremento y desarrollo de las tecnologías de la información y comunicaciones conlleva a que consideremos nuevas opciones para dar cumplimiento al principio de publicidad.

  5. Que a pesar de las ventajas en alcance de la publicidad en medios digitales sobre los impresos se mantiene sin alternabilidad para el sector público, instancias de los tres poderes del Estado, instituciones autónomas, descentralizadas y municipalidades, así como para las personas jurídicas y naturales que inicien, tramiten o finalicen un proceso o diligencia judicial o administrativa, en virtud de cumplir con los principios de máxima publicidad y transparencia ya establecidos en la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Publica así como la Ley de Notariado y otras disposiciones legales que regulen dichos sectores.

POR TANTO, en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los diputados Christian Reynaldo Guevara Guadrón, Marcela...

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