Decreto No. 18.- Medidas extraordinarias de prevención y contención para restringir a todas las personas su circulación en playas, balnearios y centros turísticos

DECRETO Nº 18

EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE SALUD,

CONSIDERANDO:

  1. Que el Art. 1 de la Constitución de la República establece que El Salvador reconoce a la persona humana como el origen y fin de la actividad del Estado, que está organizado para la consecución de la justicia, de la seguridad jurídica y del bien común.

  2. Que el Art. 65 de la Constitución de la República prescribe que la salud de los habitantes de la República constituye un bien público y que el Estado y las personas están obligados a velar por su conservación y restablecimiento.

  3. Que el Art. 246, inciso 2, de la Constitución de la República consagra la preeminencia del interés público, en tanto se establece que este tiene primacía sobre el interés privado.

  4. Que mediante Decreto Legislativo Nº 593, de fecha 14 de marzo de 2020, publicado en el Diario Oficial Nº 52, tomo Nº 426, de esa misma fecha, se declaró "Estado de Emergencia Nacional de la Pandemia por COVID-19".

  5. Que el Art. 2 del Decreto Legislativo, antes relacionado, contempla entre las medidas inmediatas para la atención de la referida emergencia que "El Ministerio de Salud deberá ejecutar todas las acciones necesarias, a fin de dar cumplimiento al Plan de Prevención, Contención y Respuesta a la pandemia por COVID-19 y prestar los servicios públicos indispensables para evitar su propagación entre los habitantes de la República".

  6. Que mediante Decreto Legislativo Nº 611, de fecha 29 de marzo de 2020, publicado en el Diario Oficial Nº 65, tomo Nº 426, de esa misma fecha, se decretó la "Ley de Restricción Temporal de Derechos Constitucionales Concretos para atender la Pandemia COVID-19".

  7. Que de conformidad al Art. 4 del Decreto señalado en el considerando anterior, en lo referente a la restricción a la Libertad de Tránsito, esta se aplicará en casos específicos y con referencia concreta a las zonas que se verán afectadas mediante resolución fundamentada, ordenada por el Órgano Ejecutivo en...

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