Decreto No. 2.- Ordenanza transitoria de exención de multas e intereses provenientes de deudas por tasas a favor del municipio de Verapaz

EL CONCEJO MUNICIPAL DE VERAPAZ, DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE,

CONSIDERANDO:

  1. Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 204 numeral 1 de la Constitución de la República en relación con el artículo 3 numeral 1, 5 y Artículo 30 Numeral 21 del Código Municipal, el Municipio está facultado para crear, modificar y suprimir tasas.

  2. Que el Gobierno Municipal de Verapaz, se ha visto en la necesidad de implementar políticas económicas y financieras para incrementar sus ingresos mejorando el cobro de tributos, con el objeto de mantener la prestación de los servicios, el bienestar social y la seguridad económica de sus habitantes, por tanto es conveniente otorgar exenciones tributarias de carácter transitorio que estimulen a los contribuyentes al pago de dichas deudas.

  3. Que nuestra Constitución de la República no establece prohibición alguna ni la legislación secundaria establecida literalmente, para dispensar el pago de multas e intereses.

POR TANTO:

El Concejo Municipal en uso de sus facultades que le confiere la Constitución de la República, y el Código Municipal,

DECRETA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA DE EXENCION TRANSITORIA DE INTERESES Y MULTAS GENERADOS POR DEUDAS POR TRIBUTOS A FAVOR DEL MUNICIPIO DE VERAPAZ, DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE.

Art. 1 Se concede un plazo de TRES meses contados a partir de la vigencia de la presente ordenanza, para que los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal, que adeuden tributos a favor del Municipio de Verapaz, puedan efectuar el pago de las mismas, gozando del beneficio de exención del pago de intereses y multas...

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