Decreto No. 2.- Ordenanza transitoria para el pago de las tasas con dispensa de multas e intereses a favor del municipio de Turín, departamento de Ahuachapán

EL CONCEJO MUNICIPAL DE TURIN, DEPARTAMENTO DE AHUACHAPAN.

CONSIDERANDO:

i. Que en virtud de lo que establece el art. 204 ordinal primero de la Constitución de la República, art. 7 inciso segundo de la Ley General Tributaria; art. 3 numerales 1 y 30 numeral 4 del Código Municipal, el municipio está facultado para crear, modificar y suprimir tasas.

ii. Que como consecuencia de la difícil situación económica que impera a nivel nacional y de forma específica en el municipio, muchos contribuyentes se encuentran en mora y por ello es necesario buscar incentivos que conlleven a facilitarles el pago de sus obligaciones Tributarias Municipales.

iii. Que no existe disposición alguna en la Constitución de la República o en Legislación Secundaria que prohíba dispensar el pago de multas o intereses por mora que son accesorios a la obligación Tributaria Municipal, en tanto que la dispensa de intereses y multas pretende beneficiar a los contribuyentes que estén en mora aplicándoles el principio más favorable para ellos.

iv. Que, como resultado de lograr una mayor recaudación a través de las tasas por servicios municipales, se garantiza la mejor prestación de dichos servicios y la ejecución de más y mejores obras en beneficio de la población del Municipio de Turín.

POR TANTO:

En uso de sus facultades legales

DECRETA la siguiente:

ORDENANZA TRANSITORIA PARA EL PAGO DE LAS TASAS MUNICIPALES CON DISPENSA DE MULTAS E INTERESES.

Art. 1 Durante la vigencia de la presente Ordenanza, todo contribuyente que se encuentre en mora...

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