Decreto No. 2.- Ordenanza transitoria de intereses y multas provenientes de deudas por tributos a favor del municipio de San Bartolomé Perulapía

El Concejo Municipal del Municipio de San Bartolomé Perulapía, Departamento de Cuscatlán,

CONSIDERANDO:

  1. Que el Artículo 204 ordinal de la Constitución de la República, establece que los Municipios tienen autonomía para decretar las Ordenanzas y Reglamentos.

  2. Que de conformidad al Artículo 71 del Código Municipal, los Tributos Municipales que no fueren pagados en el plazo correspondiente, causarán un interés moratorio; y según los registros de las Unidades de Cuentas Comentes, y Catastro Tributario de esta Municipalidad, consta que existen contribuyentes que se encuentran en mora, los contribuyentes de Tasas por Servicios Municipales.

  3. Que es pertinente aprobar una política de incentivo de carácter transitorio, para el pago con exención de intereses y multas provenientes de deudas por Tasas del Municipio de San Bartolomé Perulapía, para beneficiar al sector industria, comercio, habitacional transporte y otros, ya que existe un buen porcentaje de estos rubros en mora de obligaciones tributarias a favor del Municipio de la Ciudad de San Bartolomé Perulapía.

  4. Que de conformidad con los Artículos 203 y 204, ordinal de la Constitución de la República, Artículos 3; y 30 ordinal 4º y Art. 32 del Código Municipal, los Municipios son autónomos en lo económico, en lo técnico, y regulan las materias de su competencia por medio de Ordenanzas Municipales.

POR TANTO:

En uso de sus facultades legales y constitucionales, por UNANIMIDAD de votos.

DECRETA la siguiente:

ORDENANZA DE DISPENSA TRANSITORIA DE INTERESES Y MULTAS PROVENIENTES DE DEUDAS POR TRIBUTOS DEL MUNICIPIO DE SAN BARTOLOMÉ...

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