Decreto No. 2.- Ordenanza sobre derechos de la Comunidad Indígena de Cacaopera, departamento de Morazán

EL CONCEJO MUNICIPAL DE CACAOPERA, DEPARTAMENTO DE MORAZÁN:

CONSIDERANDO:

  1. Que la Constitución en su Art. 63 inciso segundo, establece: El Salvador Reconoce a los pueblos indígenas y adoptará políticas a fin de mantener y desarrollar su identidad étnica y cultural, cosmovisión, valores y espiritualidad, planteándose la necesidad de desarrollar este principio constitucional.

  2. Que nuestra Constitución de la República en su Art. 62. Inc. Segundo prescribe: "Las lenguas autóctonas que se hablan en el territorio nacional forman parte del patrimonio cultural y serán objeto de preservación, difusión y respeto'.

  3. Que la Convención Internacional para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, que es ley de la República, a su vez, establece el derecho a la igualdad en su art. 1 en su número 1: Los Estados partes condenan la discriminación racial y se comprometen a seguir, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación racial en todas sus formas y a promover el entendimiento entre todas las razas.. .y que parte de este derecho es el derecho a ser reconocidos en nuestras diferencias;

  4. Que, en función de esta Convención, el Estado salvadoreño está especialmente llamado a cumplir las recomendaciones que hace el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, CERD, el cual en su Recomendación número XXIII correspondiente al 51º período de sesiones de dicho Comité, emitió la siguiente recomendación:

    El Comité exhorta en particular a los Estados Partes a que:

    1. Reconozcan y respeten la cultura, la historia, el idioma y el modo de vida de los pueblos indígenas como un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR