Decreto No. 2.- Ordenanza especial de control de la comercialización de los materiales reciclables producidos y clasificados en la Planta de Compostaje de Ciudad Barrios, departamento de San Miguel

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL

CONSIDERANDO:

  1. Que la Constitución de la República en sus artículos 203 y 204 numerales 1º y , establece que el municipio puede crear, modificar y suprimir tasas, así como decretar las ordenanzas, y reglamentos locales.

  2. Que el Código Municipal en el artículo 4, numeral 23 es competencia del municipal el uso de parques, calles y aceras y otros sitios municipales.

  3. Que el artículo 7 inciso segundo de la Ley General Tributaria Municipal establece que es competencia de los Concejos Municipales crear, modificar o suprimir tasas y contribuciones especiales, mediante la emisión de la ordenanza, todo en virtud de la facultad consagrada en la Constitución de la República, Artículo 204 numeral primero y de conformidad a esta Ley.

  4. Que se hace necesario crear un instrumento legal especial, para regular la comercialización de los materiales reciclables clasificados en la Planta de Compostaje de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel.

POR TANTO: Con base en las facultades legales conferidas en la Constitución de la República, Código Municipal y Ley General Tributaria Municipal, este Concejo,

DECRETA, la siguiente:

ORDENANZA ESPECIAL DE CONTROL DE LA COMERCIALIZACION DE LOS MATERIALES RECICLABLES PRODUCIDOS Y CLASIFICADOS EN LA PLANTA DE COMPOSTAJE DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL

CAPÍTULO I Artículos 1 y 2

OBJETO Y DEFINICIONES

OBJETO

Art. 1 Establecer el marco normativo para el funcionamiento de la planta de compostaje, en cuanto al proceso de comercialización de los materiales reciclables producidos y clasificados en la planta de compostaje, así como también de la asignación de los precios de venta de los mismos.

DEFINICIONES

Art. 2 MATERIALES RECICLABLES: Es la obtención de materia prima o producto a partir de un desecho, aplicando un proceso sobre un material para que pueda volver a utilizarse

Dentro de estos materiales reciclables tenemos: Abono Orgánico, Cartón, Papel, Plástico, Chatarra, Aluminio.

CAPÍTULO II Artículos 3 a 6

FUNCIONES Y PROCESOS DE VENTAS

FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD

Art. 3

Las funciones de la municipalidad serán:

  1. Nombrar al Administrador de la Planta de Compostaje.

  2. Contratar el personal necesario para realizar las actividades de reciclaje en la Planta de Compostaje.

  3. Emitir recibos o facturas especiales, autorizadas por la Alcaldía Municipal, a cada contribuyente que realice una compra de reciclables.

  4. Nombrar a un Encargado de Ventas, que de preferencia...

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