Decreto No. 2.- Prórroga a la vigencia de la Ordenanza transitoria de exención de intereses y multas provenientes de deudas por tasas a favor del municipio de Rosario de Mora, departamento de San Salvador

DECRETO NÚMERO 02/2020

EL CONCEJO MUNICIPAL DE ROSARIO DE MORA, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR.

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Decreto número 01/2020, de fecha 8 de julio del presente año, publicado en el Diario Oficial N° 153, Tomo número 428 de fecha 29 de julio de 2020. Que contiene ORDENANZA TRANSITORIA DE EXENCION DE INTERESES Y MULTAS PROVENIENTES DE DEUDAS POR TASAS A FAVOR DEL MUNICIPIO DE ROSARIO DE MORA, de conformidad a los artículos 203 y 204 ordinal de la Constitución de la República; artículo 3 numeral 5 y 32 del Código Municipal, determina que los municipios son autónomos en lo administrativo, en lo económico y en lo técnico y regularán las materias de su competencia por medio de Ordenanzas Municipales.

  2. Que las razones que motivaron emitir el decreto citado en el considerando precedente, aún persisten, con la agravante de que las repercusiones generadas por la infección del COVID-19, se están manifestando en la sociedad salvadoreña, específicamente en el tema financiero.

  3. Que dada la difícil situación económica que actualmente impera en nuestra sociedad, crisis económica la cual afecta a El Salvador y particularmente al Municipio de Rosario de Mora, en detrimento de la capacidad de pago de la mayoría de los habitantes, particularmente la de aquellos que tienen obligaciones tributarias a favor de este municipio, situación que los ha convertido en sujetos morosos de los tributos municipales es conveniente buscar una medida de apoyo a los mismos.

  4. Por otra parte, también es urgente que este Gobierno Municipal incremente sus ingresos mediante el cobro de las tasas municipales, con el fin de mantener la prestación de los servicios, el bienestar social y la seguridad económica de sus habitantes. Ya que a la fecha el Gobierno Central en el ramo del Ministerio de Hacienda, ha incumplido en realizar la transferencia de los fondos FODES de conformidad al Art. 207 de la Constitución de la República, y Art. 7 de la LEY DE CREACIÓN DEL FONDO PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LOS MUNICIPIOS, EMITIDA POR DECRETO LEGISLATIVO N° 74, DE FECHA 8 DE SEPTIEMBRE DE 1988, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL N° 176, TOMO 300 DEL 23 DEL MISMO MES Y AÑO.

  5. Es necesario facilitarle a los habitantes del Municipio de Rosario de Mora, el pago de los tributos para disminuir el índice de morosidad la que muchas veces no ha sido por culpa de los Contribuyentes sino por deficiencia en la gestión de recaudación por parte del gobierno municipal.

POR...

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