Decreto No. 2.- Reforma a la Ordenanza Reguladora de tasas por servicios a favor del municipio de Ahuachapán

DECRETO No. 2

EL CONCEJO MUNICIPAL DE AHUACHAPAN, DEPARTAMENTO DEAHUACHAPAN. CONSIDERANDO:

I- Que el artículo 204 ordinal 1o de la Constitución de la República de El Salvador, establece que la autonomía de los municipios comprende la creación, modificación y supresión de tasas y contribuciones especiales.

II- Que relacionado a la Constitución de la República, la Ley General Tributaria Municipal, establece que corresponde al Concejo Municipal crear, modificar, o suprimir tasas y contribuciones especiales mediante la emisión de Ordenanza (Art.7); establece además, que para la fijación de tarifas por tasas, los Municipios deberán tomar en cuenta los costos de suministro del servicio, el beneficio que presta a los usuarios y la realidad socioeconómica de la población (Art. 130 inciso 2o).

III- Que es necesario actualizar los registros de nuevos puestos a fin de contar con información eficiente, y dada la dinámica de ordenamiento constante en la zona de Mercados y sus alrededores es urgente legalizar la creación de nuevos cobros.

POR TANTO:

Este Concejo en uso de sus facultades que le confiere el artículo 204 números 1 y 5 de la Constitución de la República y el artículo 30 número 4 del Código Municipal, y los artículos 2 y 7 de la Ley General Tributaria Municipal,

DECRETA:

Reforma a la Ordenanza Reguladora de Tasas por Servicios Municipales del Municipio de Ahuachapán

Artículo 1 Refórmase a partir de uno de marzo del año dos mil dieciocho la tasa comprendida en el Artículo 7 del capítulo segundo de la Or- denanza Reguladora de Tasas por Servicios Municipales de Ahuachapán, contenida en Decreto No.11 de fecha 5 de Diciembre de 2006, emitida por el Concejo Municipal de Ahuachapán de esa época, de la manera siguiente: REFORMESE:

LICENCIAS

SECCION V Artículo 2

Literal o) así:

Para romper el pavimento de las calles con el objetivo de hacer reparaciones o conexiones de agua, alcantarillado, o de cualquier otra finalidad, cada metro cuadrado o fracción ............................ $ 33.00

Artículo 2 El presente decreto entrará en vigencia a partir del uno de marzo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR