Decreto No. 28.- Reforma a la Ordenanza especial de uso del espacio público y su administración para la Zona Rosa del municipio de San Salvador

El Concejo Municipal

CONSIDERANDO que:

I- Por medio de Decreto Municipal número cuatro, de fecha catorce de febrero del año dos mil seis, se aprobó la ORDENANZA ESPECIAL DE USO DEL ESPACIO PÚBLICO Y SU ADMINISTRACIÓN PARA LA ZONA ROSA, con el objeto de regular la administración de los espacios públicos de la Zona Rosa, su mantenimiento, inversión, los usos temporales de cada uno de los componentes de los mismos, lo cual será desarrollado y ejecutado por la Asociación Corporación Zona Rosa. Establecer los requisitos y trámites indispensables para permitir los usos temporales, así como la retribución económica que pueda percibir por la inversión en el espacio público de la Asociación Corporación Zona Rosa.

II- Es competencia de la Municipalidad, la elaboración, aprobación y ejecución de planes de desarrollo local; el desarrollo del ornato público, la promoción de la recreación, la promoción del desarrollo industrial, comercial, agropecuario, artesanal, servicios y el impulso del turismo, la regulación y supervisión de la publicidad comercial; la promoción de la participación ciudadana, responsable de la solución de los problemas locales, la regulación del uso de parques, calles, aceras, y otros sitios públicos, de conformidad al Art. 4 numerales 1,3,4, 6,7, 8, 9 y 23 del Código Municipal.

III- A partir de los esfuerzos realizados entre el sector privado representado por la Asociación Corporación Zona Rosa, esta Municipalidad y los actores locales representados por la Asociación Comunal San Benito, en aras de continuar ejecutando obras a favor del desarrollo económico de la Zona de Mejora Especial, es necesario unificar todos los instrumentos normativos vigentes para que a partir de la presente reforma, bajo la denominación de "Zona de Mejora Especial San Benito", se especifique y amplíe el ámbito de participación del asocio público privado constituido para dinamización de la zona.

IV- Se ha tenido a la vista solicitud suscrita por representantes de la Asociación Corporación Zona Rosa, por medio de la cual solicitan se reforme la Ordenanza supra relacionada.

Por tanto,

en uso de sus facultades constitucionales y legales,

DECRETA la siguiente:

REFORMA A LA ORDENANZA ESPECIAL DE USO DEL ESPACIO PÚBLICO Y SU ADMINISTRACIÓN PARA LA ZONA ROSA

Art. 1 Modifíquese la denominación de la ordenanza, por el texto siguiente: "ORDENANZA ESPECIAL DE USO DEL ESPACIO PÚBLICO Y SU ADMINISTRACIÓN PARA LA ZONA DE MEJORA ESPECIAL SAN BENITO".
Art. 2 Modifíquese el "Art. 1, Del ámbito de aplicación", quedando en su redacción con el texto siguiente:
Art. 1 Este cuerpo normativo se aplicará a la administración del Espacio Público en el lugar delimitado así: Al NORTE por la calle La Mascota en el tramo comprendido entre la Avenida Las Azaleas y la Alameda Manuel Enrique Araujo

Al ESTE por la Alameda Manuel Enrique Araujo...

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